Libra Nóminas España: Actualización 2025/04
Comienza el segundo trimestre del ejercicio con varios cambios en área laboral que afectan a las cotizaciones y la información enviada y recibida de los organismos competentes. A continuación se resumen los cambios más relevantes:
Base Reguladora IT en Tiempo Parcial y Fijos Discontinuos
El RDL 11/2024, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, ha modificado la Ley General de la Seguridad Social en su artículo 248 en lo referente a la cuantía de las prestaciones económicas. Concretamente a partir de 01 de abril de 2025 la base reguladora para los procesos de Incapacidad Temporal en trabajadores con contrato a tiempo parcial o fijos discontinuos deberá ser el resultado de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas desde la última alta, con un máximo de tres meses inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el período.
Este cambio afecta ya al cálculo de la nómina de abril, pero también a los procesos de comunicación de los datos de Incapacidad Temporal al INSS mediante SILTRA y al envío de datos de accidentes de trabajo/enfermedad profesional mediante el Sistema Delt@.
Comunicación de la contratación (Contrat@)
Con fecha 08/04/2025 el Servicio Público de Empleo Estatal ha cambiado la definición de los esquemas (xsd) de los contratos de trabajo incorporando nodos obligatorios en estos ficheros. Estas modificaciones responden a la necesidad de concretar si los contratos se realizan en empresas con procedimientos ERE autorizados en el momento de la contratación.
Los cambios afectan de manera exclusiva a los contratos, eximiendo de estos a las transformaciones de contrato, las copias básicas o los llamamientos a la actividad de productores fijos discontinuos.
Cotización Adicional de Solidaridad (C.A.S.)
La Seguridad Social incrementa las validaciones realizadas durante la comunicación de las cuotas por solidaridad (C.A.S.). Estos controles afectan a las liquidaciones correspondientes al mes de marzo, es decir, a los procesos que se inician en este mes de abril. Con estas validaciones el sistema SILTRA se vuelve más restrictivo en cuanto a las cuotas asumidas pudiendo provocar el rechazo de las cotizaciones para los tramos que no se consideren válidos.
Para evitar este escenario es necesario tener Libra-Nóminas actualizado con los últimos cambios antes de la generación del Fichero de Bases.
Fichero INSS Empresas (FIE) v.4.1
El pasado mes de marzo el Instituto Nacional de la Seguridad Social ha comenzado a utilizar la versión 4.1 del fichero INSS Empresas (FIE). Esta versión trae consigo cambios en la estructura del fichero que impiden la recepción de los mismos si Libra-Nóminas no se encuentra actualizado.
Regularización Cuotas Cotización Enero 2025
Se recuerda que la regularización de cuotas presentadas con anterioridad a la publicación de la Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero por la que se establecen las bases mínimas de cotización no debe hacerse mediante liquidaciones complementarias. La Seguridad Social ha informado que las liquidaciones de cuotas revisadas que presenten diferencias en la cotización se podrán ingresar sin recargo alguno hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.
Todos los cambios se encuentran implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Nómina España: Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025)
En el Real Decreto 10/2025 de 14 de enero se aprobó la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas para su utilización a partir de 2025, asumiendo así las recomendaciones internacionales en materia estadística y reflejando las nuevas actividades económicas que han surgido gracias a los avances estructurales, científicos y tecnológicos de los últimos tiempos.
Esta clasificación de actividades pasa a ser oficial y trae consigo la necesidad de asignar estos nuevos códigos de actividad a los sujetos responsables de la obligación del ingreso de cuotas a las Seguridad Social de la misma manera que se hizo con las clasificaciones aprobadas en 2009 y 1993. A tal efecto, el código de actividad actual asociado a las cuentas de cotización en codificación CNAE-2009 pasará a tener su correspondiente código en la nueva tabla CNAE-2025 que deberá asignarse a las empresas para su correcta configuración.
El código de actividad lleva asociado las cuotas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por lo que, para facilitar el cambio, Libra-Nóminas incorpora la nueva codificación CNAE-2025 asociada a las tarifas de primas actuales de tal forma que el cambio de código no va a afectar a las cuotas calculadas en nómina. Cuando se publiquen las tarifas correspondientes a los nuevos códigos de actividad, el cambio se realizará de forma automática siempre que las empresas tengan asignado correctamente el CNAE en codificación 2025.
Por otra parte, la Seguridad Social ha iniciado la comunicación de los nuevos códigos a las empresas y ha habilitado varias utilidades en su Oficina Virtual para gestionar el cambio de código en caso de necesidad, informando además de que la reasignación deberá realizarse antes del 30 de junio de 2025. La creación de nuevas cuentas de cotización llevará consigo la utilización de esta nueva codificación en el registro de las mismas.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Libra Nóminas España: Gestión del IRPF en 2025
Este ejercicio 2025 trae consigo varios cambios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que afectan al área de nómina de la empresa y que modifican tanto el cálculo como la gestión de los modelos relacionados con este impuesto. A continuación se resumen la modificaciones más relevantes:
Modelo 345
En base a la Orden HAC/1504/2024, de 26 de diciembre, y con la finalidad de evitar posibles duplicidades, se modifica la declaración de aportaciones realizadas a planes de pensiones de empleo simplificados (PPES) y entidades de previsión social cambiando el contenido de los campos "clave de percepción", "subclave de percepción" y "rendimientos íntegros del trabajo no superiores a 60.000 euros". Estos cambios afectan a la validación morfológica del fichero de comunicación.
Este modelo adquiere especial relevancia en las empresas del sector de la construcción tras el requerimiento legal de gestionar un plan de pensiones de empleo simplificado como apoyo al sistema público. Se recuerda que esta obligatoriedad iniciada en el pasado ejercicio 2024 implica la comunicación de las contribuciones realizadas al plan mediante este modelo anual.
Modelo 190
Los cambios publicados en la Orden HAC/1432/2024 de 11 de diciembre para la presentación del Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF, implican modificaciones en el desglose de las subclaves de percepción, cambios en los datos adicionales enviados y alteraciones en la estructura del fichero utilizado para el envío de datos a la Agencia Tributaria. De la misma manera que para el modelo anterior y aunque se trate de percepciones correspondientes al ejercicio 2024, los requerimientos para este modelo exigen tener Libra-Nóminas actualizado antes de la comunicación de los datos.
Cálculo del tipo de Retención del IRPF
Se implementan las modificaciones incluidas en el algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal publicado el pasado 18 de diciembre por el Departamento de Informática Tributaria. Estos cambios ya incluidos en Libra-Nóminas se activan de forma automática en el cálculo del IRPF de las nóminas de enero de 2025.
En relación a las diputaciones con régimen foral, iniciarán el ejercicio con los mismos tipos aplicados en 2024 a excepción de la provincia de Guipúzcoa que ya tiene publicadas sus tablas con los tipos de retención e ingresos a cuenta para el ejercicio 2025.
Modelo 145
De la misma manera que para el envío a los empleados del recibo de salarios o del certificado de retenciones, Libra-Nóminas incorpora el modelo para la comunicación a los empleados de los datos registrados por el pagador para las retenciones de IRPF sobre los rendimientos del trabajo. Este envío individualizado de ficheros se realiza dentro de los procesos generales de distribución de documentos de Libra-Nóminas, permitiendo así el envío al portal del empleado, al email del trabajador o a cualquier otra ubicación configurada en el sistema.
Modelo 111 y 216
Se cambia la obtención y presentación de datos en Libra-Nóminas para la declaración mensual de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas para personal residente y no residente facilitando el análisis de los datos tanto a nivel de empresa fiscal como a nivel de preceptor. Este cambio simplifica la realización de cuadres de importes totales y parciales optimizando el tiempo de generación del modelo.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Nuevo ejercicio 2025: Cómo adaptarse al RD 322/2024 y la Cotización Adicional de Solidaridad (C.A.S.)
Se acerca el cambio de ejercicio y con ello la entrada en vigor del RD 322/2024, por el que el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social incorpora una cotización adicional de solidaridad para las retribuciones abonadas a los trabajadores que superen el tope máximo de cotización en España.
Este requerimiento, cuya finalidad reside en garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones, obliga a las empresas a gestionar estas cotizaciones en la nómina y en la relación con la Seguridad Social.
Los importes del C.A.S. se calcularán en tres tramos distintos en función del exceso retribuido por el empleado. En este ejercicio 2025 los porcentajes a aplicar en cada tramo serán:
- Tramo 1: Las retribuciones que superen la base máxima de cotización hasta un 10% comenzarán aplicando un tipo de cotización del 0'92% que se distribuye entre el 0'77% para la empresa y 0,15% para el empleado.
- Tramo 2: Las retribuciones que no se ubican en el tramo anterior y superen la base máxima de cotización hasta un 50%, comenzarán aplicando un tipo de cotización del 1% que se distribuye entre el 0'83% para la empresa y 0,17% para el empleado
- Tramo 3: Las retribuciones que no se ubican en el tramo anterior y superen el 50% de la base máxima comenzarán aplicando un tipo de cotización del 1'17% que se distribuye entre el 0,98% para el empleado y 0,19% para el trabajador.
Este recargo extra, gravará de forma progresiva los salarios que superen la base máxima de cotización establecida en la correspondiente LPGE incrementando los porcentajes a aplicar en cada ejercicio hasta llegar al 7% en 2045.
Para el cumplimiento de la obligación de comunicar por medios electrónicos los datos identificativos de los trabajadores afectados por esta cotización adicional, así como el detalle los importes cotizados (artículo 29.2 LGSS) se utilizará el Fichero de Bases del Sistema de Liquidación Directa (SILTRA). La Seguridad Social ha indicado además que estos importes se trasladarán directamente al Recibo de Liquidación de Cotizaciones evitando las presencia de los mismos en la Relación Nominal de Trabajadores.
De entre los tipos de liquidación afectados se encuentran tanto los correspondientes a liquidaciones ordinarias (L00, L13...) como los necesarios para el cálculo liquidaciones complementarias (L03, L90, V03, V90...).
Para gestionar todo lo relacionado con esta cotización en Libra-Nóminas es necesario disponer de su última versión y la correspondiente configuración aplicada en el sistema.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Libra Nóminas España: Actualización 2024/07
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Algoritmo de Cálculo para la Retención del IRPF
El pasado día 28 de junio entró en vigor la aplicación del nuevo algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal IRPF 2024 obtenidos a partir de esta fecha. Esta versión Libra-Nóminas contiene los cambios necesarios para poder calcular y regularizar los tipos de retención en función de los nuevos cambios publicados.
Fichero FIE v4.0
Se adapta el fichero FIE (fichero INSS Empresas) a la versión 4.0 activa desde el pasado 11 de junio de 2024. Para responder a las novedades de esta versión se hace necesario cargar el último esquema del fichero y actualizar Libra-Nóminas a la última versión. Los procesos de gestión de la información han sido modificados para compatibilizar el tratamiento de las distintas versiones de ficheros ubicados en Libra con independencia de la fecha y esquema en que hayan sido recibidos.
Contratos de Formación en Alternancia (Fase III)
A partir del pasado 1 de junio, la Seguridad Social implantó la fase III para el cálculo de las cuotas de los contratos formativos en alternancia según lo previsto en el ordinal 2º del apartado 1 de la disposición adicional cuadragésimo tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esta fase trae consigo varias peculiaridades para la cotización de estos contratos entre las que destaca la incorporación de un tipo de cotización mixto en el que las cuotas fijas aplicadas hasta este momento convergen con las cotizaciones porcentuales aplicadas al exceso de base establecido para el grupo 7. Libra-Nóminas se encuentra adaptada a estos cambios permitiendo la configuración de las distintas modalidades activas para la formación.
Fichero FDI
Tras la entrada en vigor de la normativa que suprime la obligación de las empresas de enviar al INSS los partes de confirmación y de alta, se mantiene únicamente el envío de datos económicos contenidos en los partes de baja. A tal efecto se adapta el fichero FDI en Libra-Nóminas a los nuevos requerimientos incidiendo especialmente en el envío de forma obligatoria de la información correspondiente al puesto de trabajo y a las funciones desempeñadas por el afectado.
Planes de Pensiones de Empleo Simplificados
El sector de la construcción, regulado mediante el VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, se ha convertido en el primer sector en aplicar de forma obligatoria los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados. Con la previsión de que estos mecanismos de ahorro para la jubilación vayan arrastrándose a nuevos sectores y con la experiencia en la configuración de estos planes en nuestros clientes, se han realizado varias mejoras en el área de cálculo, cotización y comunicación facilitando así la gestión del proceso a los usuarios.
Cotización Adicional de Solidaridad
Según las modificaciones publicadas en el RD 322/2024, el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social incorporará a partir del 1 de enero de 2025 una cotización adicional de solidaridad para las retribuciones abonadas a los trabajadores que superen el tope máximo de cotización.
Estos recargos a la cotización se irán incrementando progresivamente desde el 0,92 por ciento aplicable en 2025 hasta el 7 por ciento aplicable en 2045.
De forma paralela a Seguridad Social, desde Edisa estamos trabajando en los desarrollos necesarios para dar solución a estos requerimientos lo cuales sufrirán diversos cambios en los próximos meses antes de su definitiva implantación en 2025.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra-Nóminas actualizado: Cumpliendo con la nueva normativa de prácticas académicas
El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones ha traído, entre otras medidas, las normas de cotización de las prácticas académicas remuneradas y no remuneradas. Este requerimiento legal cuya entrada en vigor estaba prevista para el 1 de octubre de 2023, finalmente ha sido activado el 1 de enero de 2024.
Con este RDL, los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas pasarán a integrarse en el Régimen General de la Seguridad Social con situación asimilada a los trabajadores por cuenta ajena. Estas prácticas incluyen las realizadas por alumnos universitarios, de formación profesional, de enseñanzas artísticas o enseñanzas deportivas del sistema educativo.
La responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social recae sobre las empresas donde se realizan estas prácticas. A tal efecto las empresas deben:
- Solicitar el número de seguridad social para los alumnos que no dispongan del mismo y comunicar el alta.
- Realizar el envío de los días efectivos de prácticas mediante el sistema de afiliación de Libra-Nóminas. Este primer envío debe realizarse durante el mes de abril de forma previa al inicio de la cotización del primer trimestre.
- Configurar el sistema de cálculo de cotizaciones para el devengo trimestral y realizar el proceso de cotización SILTRA.
Los costes de cotización comienzan bonificados al 95% y no podrán superar el importe de 57.87 euros en contingencias comunes o de 7.03 en contingencias profesionales por cada alumno. Las cuotas por día efectivo de prácticas y alumno se establecen en 2.54 euros para las contingencias comunes y 0.31 para las contingencias profesionales.
Con respecto a las prácticas formativas remuneradas no se aplican novedades ya que continúan cotizando según lo establecido en los contratos de formación en alternancia (Importe fijo mensual) ya activos en Libra-Nóminas.
Todos los cambios necesarios para llevar a cabo estos requerimientos están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Libra Nóminas España: IRPF en 2024
El próximo ejercicio 2024 arrancará con novedades en el cálculo y la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas entrando en vigor varios cambios legislativos publicados a lo largo de este ejercicio. Las modificaciones más relevantes en el área laboral se resumen a continuación:
Modelo 190
La Orden HFP/1286/2023, de 28 de noviembre aprueba los cambios en el Modelo 190 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas). La principal novedad en este modelo está referenciada a lo previsto en el artículo 10.1.f) segundo párrafo del convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 7.uno.c) segundo párrafo del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco donde se requiere que cuando se trate de rendimientos del trabajo de Administradores, miembros de Consejos de Administración y órganos representativos que sean sujetos pasivos por el Estado y las Diputaciones Forales, se debe especificar y presentar de forma separada el sumatorio de las "Retenciones practicadas" e "Ingresos a cuenta efectuados". Este requerimiento trae consigo cambios en la obtención de datos y en la estructura del fichero de comunicación a utilizar en el envío de datos correspondientes a este ejercicio (2023) a lo largo de enero de 2024.
Modelo 296
La Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre aprueba los cambios a aplicar en el Modelo 296 (Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes). Los artículos anteriormente mencionados para el modelo 190 afectan también a los rendimientos del trabajo de Administradores, miembros de Consejos de Administración y órganos representativos cuando no tienen establecimiento permanente. La presentación del modelo anual para 2023 debe realizarse con este modelo actualizado.
Modelo 216
El Modelo 216 (IRNR. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente) se ve modificado por los cambios publicados por el Departamento de Informática Tributaria que inciden en diferenciar las percepciones correspondientes a la clave 1 (Dividendos...) del resto de claves. El formato de envío de los datos también se ve afectado incorporando nuevos campos frente a la versión anterior. La vigencia de este formato comienza en 2024 para las precepciones y retenciones registradas a partir de enero.
Modelo 345
La Orden HFP/528/2023, de 22 de mayo presenta los cambios necesarios en el Modelo 345 (Declaración Anual de partícipes, aportaciones y contribuciones a Planes, Fondos de Pensiones y Sistemas Alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia). En este caso se crean las nuevas claves de percepción (M y L) y se recodifican las subclaves dependientes. El formato del fichero cambia su estructura e incluye los campos e indicadores necesarios para el envío de las aportaciones a las nuevas claves y subclaves creadas. Este formato debe ser cargado con anterioridad al envío de la declaración correspondiente a 2023.
Cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF
Se integra el nuevo algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo del ejercicio 2024. Junto a este cambio se modifica la consulta detallada de la regularización de IRPF presentada facilitando así la visualización y el control de los datos utilizados en el cálculo.
Se implementan además nuevas utilidades para el tratamiento manual del IRPF en procesos anexos al cálculo de nómina como la posibilidad de importar tipos de retención desde fichero o la de registrar los tipos de retención calculados desde una entrada de cotización.
Todos los cambios indicados se han agregado a la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra Nóminas España: Actualización 2023/08
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Bonificaciones y Reducciones
El próximo 1 de septiembre de 2023 entrarán en vigor nuevas medidas publicadas en materia de incentivos a la contratación (RDL 1/2023), así como la activación de numerosos colectivos para la bonificación y reducción de cuotas.
A tal efecto se implementan tres nuevos tipos de cálculo:
- Bonificaciones de cuotas fijas a las cotizaciones del productor: Hasta este momento las cuotas fijas a bonificar solo aplicaban a las cotizaciones de la empresa.
- Bonificaciones en función del mes de nómina: Determinados colectivos bonificarán solo en meses concretos dentro del ejercicio.
- Bonificaciones Maternidad/Paternidad: Se incorpora la posibilidad de bonificar sobre un importe mes en lugar de aplicar un cálculo porcentual.
Se adaptan las distintas áreas de configuración de bonificaciones/reducciones:
- Contrato del productor: para bonificaciones/reducciones porcentuales de forma general, así como reducciones por edad de jubilación o asignación de colectivo determinado.
- Colectivo asociado al productor: para bonificaciones/reducciones de importe fijo en general.
- Relación Laboral de Carácter Especial: para bonificaciones especiales asociadas a esta relación.
- Situación Laboral: Para bonificar en determinadas situaciones de convenio indicadas por la Seguridad Social.
Se incorporan también los nuevos valores publicados por seguridad social para codificar estas reducciones (incapacitado readmitido, condición de desempleado, exclusión social, relación laboral de carácter especial, causas de sustitución y colectivos bonificados).
Base Reguladora Paternidad/Maternidad
El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo (con efectos de 17 de mayo de 2023), modifica el art. 248.1.b) de la LGSS que hace referencia al cálculo de la base reguladora de la prestación de nacimiento y cuidado de menor de las personas con contrato a tiempo parcial, fijos discontinuos y del sistema especial agrario que coticen menos de 22 jornadas reales al mes. Se realizan las adaptaciones necesarias en el cálculo de Libra-Nóminas para responder al cambio normativo.
Situaciones Especiales de IT
La disposición final tercera de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero que modifica la LGSS incluye tres nuevas situaciones especiales de Incapacidad Temporal que son:
- IT por menstruación incapacitante secundaria
- IT por interrupción voluntaria del embarazo
- IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.
Las situaciones indicadas como interrupción voluntaria del embarazo y gestación de la mujer trabadora comparten la característica de que el primer día de la IT cuenta como trabajado y la empresa debe abonar salario. Este tratamiento más propio del AT/EP, se aplica de forma novedosa a estas situaciones afectando a los procesos de composición de tramos de cotización (SILTRA), pago de prestaciones y tratamiento de conceptos de nómina.
Días sin prestación en Incapacidad Temporal
Se incluye la posibilidad de registrar, consultar e imprimir en nómina los días de situación de Incapacidad Temporal que no llevan asociada prestación. De esta forma el recibo de salarios es más detallado en cuanto a los tramos de IT, facilitando una mayor compresión del mismo por parte del trabajador. Para este cometido es necesario activar el correspondiente parámetro de la cuenta de cotización.
Fichero FIE Versión 3.0.
Se adapta el fichero FIE (fichero INSS Empresas) a la versión 3.0 activa desde el pasado 19 de julio de 2023. Para responder a los cambios publicados de esta versión se hace necesario cargar la nueva estructura de fichero FIE en Libra-Nóminas. Los procesos de gestión de la información recibida como la comparativa de situaciones Libra-INSS o el visor de mensajes RED se adaptan a la nueva información.
Contratos Formativos en Alternancia
Se desarrollan las especificaciones indicadas en la nueva disposición adicional cuadragésimo-tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- relativa a la cotización de los contratos formativos en alternancia. Los cambios normativos en materia de cotización se están implementando en tres fases:
- Fase 1: Esta fase no lleva consigo cambios relevantes. El cálculo se realiza como se venía haciendo hasta ahora, es decir, por cuotas fijas en el mes y con las mismas peculiaridades de cotización.
- Fase 2: En esta fase la Seguridad Social está solicitando las bases de cotización como concepto de entrada, es decir, se debe enviar la base total en función de las retribuciones. Los cálculos realizados por seguridad social en esta fase continúan aplicando una cuota fija al mes.
- Fase 3: Esta es la fase en la que cambiará el coste de la empresa, es decir, la fase en la que Seguridad Social comienza a aplicar el cálculo de acuerdo con la nueva normativa incrementando a los importes fijos del mes, un incremento porcentual al exceso de la base mínima.
Libra-Nóminas ya dispone de las modificaciones necesarias para el próximo paso a la fase 3. Se recuerda que los cambios en la configuración deben realizarse con antelación al cálculo de la nómina del mes en que se entre en esta última fase.
Seguridad Social para Alumnos en Prácticas
En el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio se aprueba la inclusión, en el sistema de la Seguridad Social, de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. Estas prácticas las diferenciaremos en dos tipos generales:
- Prácticas formativas remuneradas: Serán gestionadas con el tipo de cotización indicado en el punto anterior (Contratos de formación en alternancia), es decir, se cotizará un importe fijo al mes junto con el resultado de aplicar los correspondientes porcentajes al exceso de la base mínima.
- Prácticas formativas no remuneradas: Estas prácticas pasarán a cotizar por un importe fijo diario.
Las características publicadas de este tipo de prácticas no remuneradas llevan consigo cambios en las áreas de cálculo, afiliación y cotización a la seguridad social. De forma resumida las novedades son:
- Se calcula una cuota empresarial por cada día de prácticas formativas. No hay cotización por parte del productor.
- La base de cotización aplicable a efectos de prestaciones es el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 por el número de días de prácticas realizadas con el límite de la base mínima del grupo 7.
- Solo tiene pago delegado en Accidente/Enfermedad Profesional (contingencias profesionales). Cada día de prácticas se considera como 1,61 días cotizados con el límite de los días del mes correspondiente. Existen otros tipos de coberturas en modalidad de pago directo.
- Es obligatorio comunicar a la TGSS por afiliación el número de días de prácticas realizados. Si el productor está en situación se debe enviar los días previstos.
- El plazo de ingreso de cuotas es trimestral, se debe enviar fichero de bases con tramos de IT después de haber informado por afiliación los días de prácticas.
- La base reguladora de IT por contingencias profesionales para el pago delegado se calcula como el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior a la fecha de iniciación de la IT por AT/EP (calculada en función de los días de prácticas realizados) por el número de días de alta en dicho mes (no por el número de días de prácticas).
Estas adaptaciones han sido realizadas en base a las últimas publicaciones oficiales, no obstante, se prevén diversos cambios por Seguridad Social al respecto antes de ser definitivamente activados.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra Nóminas España: Actualización 2023/04
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Bases mínimas de cotización para 2023
La Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. Estos cambios se aplican a partir de la nómina de marzo, es decir, en el proceso de cotización que se realiza a lo largo del mes de abril por lo que Libra-Nóminas debe estar configurado antes del inicio de esta cotización para los casos en los que el productor se encuentre en base mínima. La regularización de las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023 se realizará posteriormente por lo que no se debe presentar liquidaciones complementarias.
Gestión y control de procesos de IT
El RD 1060/2022, de 27 de diciembre, con vigencia desde el 1 de abril de 2023, modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT en los primeros 365 días de su duración. Esta modificación normativa introduce importantes cambios en las obligaciones que, hasta ahora, tenía el trabajador cuando se encontraba en situación de IT. Las principales novedades incorporadas son:
- El facultativo que expide los partes médicos de IT únicamente entregará al trabajador una copia de estos, suprimiéndose, por tanto, la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia que estaba destinada a la empresa. A partir de ese momento, la forma que tendrán las empresas de conocer los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta será a través de los Ficheros INSS Empresas (FIE).
- Las empresas deberán remitir al INSS los datos económicos (bases de cotización, CCC...) únicamente en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa mediante el fichero FIE.
Para facilitar este cambio a los usuarios, Libra-Nóminas incorpora la posibilidad de importar y gestionar la información recibida desde la Seguridad Social para detectar y acceder a los productores sobre los que se debe actuar.
Aunque la fuente principal de la información pasa del productor al INSS, el usuario, ante cualquier discrepancia o duda, deberá manejar también la información contenida en los distintos actores del proceso de IT (Libra, TGSS, INSS, Trabajadores, Mutuas...)
En relación al envío de datos en el mensaje de comunicación FDI, desaparecen las opciones actuales de "Altas" y "Confirmaciones de Baja" y aparece un nuevo movimiento "Datos Económicos" gestionado en la integración LIBRA-SILTRA.
Planes de Pensiones de Empleo
La Disposición final cuarta de la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, modificó la Ley General de la Seguridad Social, incorporando una nueva disposición adicional sobre reducciones de cuotas de las contribuciones empresariales a los planes de empleo. Este cambio legislativo se materializa mediante una reducción en las cuotas por contingencias comunes a las empresas que realizan aportaciones a los planes de pensiones, en su modalidad de sistema de empleo (PPE).
Para la aplicación de estas reducciones se han realizado los correspondientes cambios en Libra-Nóminas que afectan a la configuración de los conceptos, al cálculo de nómina y a los ficheros de comunicación SILTRA (AFI, CRA, Fichero de Tramos, Fichero de Bases y Fichero de Cálculos). De esta forma, si el usuario decide aplicar estas reducciones, debe enviar estas aportaciones mediante el fichero AFI antes de iniciar el proceso de cotización. Tras esta comunicación, tal y como solicita la Seguridad Social, se debe enviar el fichero de bases incorporando las bases actuales junto con las bases reducidas en los importes abonados para finalmente incluir la reducción y enviar el resultado a la empresa mediante el fichero de cálculos.
Se recuerda que el importe máximo de estas contribuciones a las que se aplica la reducción es el que resulta de multiplicar por trece la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de dichas contingencias.
IRPF a partir de febrero de 2023
Se implementa y distribuye el algoritmo de cálculo del IRPF a aplicar a partir del mes de febrero de 2023 publicado por el Departamento de Informática Tributaria de la AEAT.
Las modificaciones normativas incorporadas se aplican para el cálculo del tipo de retención en relación con los rendimientos del trabajo que se satisfacen a partir del 1 de febrero de 2023, regularizando si procede el tipo de retención aplicado en meses anteriores. Por otro lado, se incorpora la configuración necesaria para reflejar en nómina, de forma automática, las retenciones del IRPF que son asumidas por la empresa, tanto en percepciones dinerarias como percepciones en especie.
Código Nacional de Ocupación (CNO)
El Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, modifica, entre otros aspectos, el artículo 30 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y establece la obligatoriedad de informar de la ocupación laboral desempeñada por el trabajador con arreglo a la Clasificación Nacional de Ocupaciones.
Como respuesta a este requerimiento se incorpora esta ocupación a los circuitos de alta del empleado de Libra-Nóminas. Para facilitar la entrada y gestión de la información se permite establecer valores por defecto a distintos niveles y se adaptan también los procesos de afiliación (fichero AFI) incorporando el C.N.O a los movimientos gestionados.
Garantizados Brutos en Retribución Mensual
Continuando con la evolución del cálculo de garantizados se incluye la parametrización necesaria para aplicar el cálculo a 30 días en los garantizados de nómina de productores con retribución mensual. De esta forma los importes pagados se referencian a los días de cotización evitando, si es necesario, el cálculo por días naturales.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra Nóminas España 2023
Como todos los inicios de ejercicio, este año 2023 viene acompañado de cambios en materia laboral que deberán ser aplicados en Libra-Nóminas para la correcta gestión de los procesos con las administraciones públicas. Las novedades más relevantes son:
Presupuestos Generales del Estado para 2023
La publicación de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 trae consigo cambios en las cotizaciones sociales que deberán aplicarse desde el cálculo de la nómina de enero de 2023. A tal efecto se establece el tope máximo de la base de cotización en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido en la cuantía de 4495,50. Las bases mínimas de cotización se incrementarán en el mismo porcentaje que el SMI por lo que no serán conocidas hasta la publicación del mismo.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
Conforme a lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, a partir del 1 de enero de 2023 se efectuará una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. Estas cotizaciones distribuidas entre la empresa (0,5%) y el productor (0,1%) serán implementadas en Libra-Nóminas siguiendo las instrucciones que publicará la Seguridad Social próximamente.
Retenciones del IRPF 2022-2023
Se aplica en Libra-Nóminas el algoritmo publicado por la AEAT activo desde Enero de 2023. Estos cambios se aplican de forma provisional, supeditado a la aprobación del Proyecto de Ley General de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y del Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del impuesto para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones.
Por otro lado, tras la reducción del IRPF en las diputaciones forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya se crean las nuevas tablas del IRPF para el último tramo del ejercicio 2022 e inicio de 2023
Modelo 190
Se aplican en Libra-Nóminas las modificaciones publicadas por la AEAT para la presentación del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta del ejercicio 2022.
Regularización de Diferencias de Cotización (Orden PCM/244/2022)
La Seguridad Social ha iniciado el proceso de actualización de las cuotas de enero y febrero de 2022 a causa los cambios realizados con carácter retroactivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional y sus dependientes (bases mínimas, contratos de formación, etc).
El proceso de regularización lo inicia la TGSS enviando el código de liquidación rectificada junto con los ficheros SILTRA asociados a la nueva liquidación (RNT, DCL, etc). Libra-Nóminas recibe de forma automática esta información permitiendo al usuario realizar los cambios necesarios para regularizar la situación. Se recuerda que tal y como especifica la Seguridad Social, el pago de las diferencias debe realizarse mediante el documento TC1/31 a través del servicio de «consulta y obtención de recibos fuera de plazo» en la oficina virtual del sistema RED.
Trabajadores Relevistas (Artículo 215.2.e de LGSS)
Tras la activación por parte de la Seguridad Social del control de bases de cotización para verificar la correspondencia entre la base del trabajador relevista y la base del jubilado parcial, se aplican las modificaciones necesarias en Libra-Nóminas para obtener y presentar al usuario la base mínima mensual que se tendrá en cuenta para el cálculo de la cotización.
Para identificar posibles anomalías, Libra-Nóminas alertará al usuario si existen diferencias entre la información generada en Libra y los datos recibidos de la Seguridad Social.
El tratamiento realizado por la Seguridad Social para estos productores indica que sólo enviará los datos de cálculo del productor si las bases enviadas son coherentes; en caso contrario, el usuario recibirá el correspondiente error como respuesta al fichero de bases en SILTRA.
Si por cualquier motivo se hace necesario modificar una base de cotización se utilizarán las opciones actuales disponibles en Libra-Nóminas.
Contratos Fijos Discontinuos y Llamamientos a la Actividad (RDL 32/2021)
Con la finalidad de facilitar la gestión del cambio en la contratación temporal resultado del Real Decreto-ley 32/2021, se incorpora el tratamiento de los procesos de llamamiento a la actividad de contratos fijos discontinuos en la gestión de la contratación del empleado. De esta forma se adapta Libra-Nóminas para el envío al SEPE (Contrat@) de estos llamamientos permitiendo el control de los envíos de forma diferenciada entre contratos, prórrogas, transformaciones, llamamientos a la actividad o copias básicas.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra Nóminas España: Actualización 2022/07
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Contrat@ para las modalidades 406, 506 y otros contratos temporales
Con posterioridad a la activación de la Reforma Laboral de 2022 (RDL 32/2021) y tras la finalización definitiva de los contratos por obra y servicio, eventuales o contratos de interinidad sujetos la legislación anterior (31/03/2022), el Servicio Público de Empleo ha implementado cambios adicionales en numerosos contratos que implican la necesidad de actualizar los formatos pdf y plantillas xml utilizados desde Libra-Nóminas para su impresión y comunicación. Los más relevantes son:
- Aparecen nuevas plantillas para el envío al SEPE de los contratos 406 y 506 (contratos temporales vinculados a programas financiados con Fondos Europeos).
- Se cambia el tratamiento para el indicador «Convenio Colectivo» para reflejar si el contrato se ampara en la existencia de un convenio colectivo que autorice otras duraciones fuera del límite establecido. Afecta a los contratos:
- 402: Por circunstancias de la producción a tiempo completo
- 502: Por circunstancias de la producción a tiempo parcial
- 450: Situación de exclusión social a tiempo completo
- 550: Situación de exclusión social a tiempo parcial
- 421: Formación en alternancia
- Se crean los campos necesarios para indicar si el contrato se acoge o no al Plan de Transformación, Recuperación y Resilencia. Campos obligatorios que afectan a los contratos:
- 420: Formativo para la obtención de la práctica profesional a tiempo completo
- 406: Duración determinada financiado con fondos europeos tiempo completo
- 506: Duración determinada financiado con fondos europeos tiempo parcial
Regularización de Diferencias de Cotización de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2021
La Seguridad Social ha iniciado el procedimiento para la regularización de las cuotas resultantes de la modificación de bases para septiembre, octubre y noviembre de 2021 como consecuencia de los cambios en el SMI (Orden PCM/121/2022, de 24 de febrero, que modifica el apartado 1 de la disposición transitoria segunda de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre).
Este trámite ha comenzado con las liquidaciones de cuotas presentadas en el mes de octubre de 2021 (período de liquidación de septiembre de 2021) y continuará progresivamente, con las liquidaciones de cuotas presentadas en los meses de noviembre y diciembre de 2021 (períodos de liquidación de octubre y noviembre de 2021).
Para la correcta revisión de la información obtenida en el proceso, Libra-Nóminas permite la recepción del fichero con los datos de la liquidación rectificada, así como la Relación Nominal de los Trabajadores (RNT) y el Documento de Cálculo de la Liquidación (DCL) correspondiente. Se recuerda que si el resultado de la liquidación es inferior al inicialmente calculado el usuario debe solicitar la devolución de cuotas ingresadas por el procedimiento habitual en caso contrario se debe obtener el documento TC1/31 a través de la oficina virtual del sistema RED.
Enfermedad/Accidente: Fusión de Tramos en Recaídas
Se modifica la generación de tramos de cotización para que evitar la fusión de tramos en situaciones de recaída de Accidente Laboral o Enfermedad Profesional.
De esta forma se sigue el tratamiento realizado por la TGSS en la generación de tramos de cotización que indica que cuando se trate de una situación de recaída por Enfermedad Común o Accidente No Laboral se fusionarán los tramos de prestación que tengan las mismas características; mientras que si se trata de una situación de Incapacidad Temporal por recaída por Accidente Laboral o Enfermedad Profesional no se fusionan los tramos de prestación ya que el día de la recaída se contemplará como trabajado (sin prestación).
Para los casos excepcionales que puedan surgir Libra-Nóminas admite parametrización adicional que modifica la aplicación de la norma general.
Indicador RED en el Cálculo de Atrasos
Se incluye la posibilidad de seleccionar el indicador RED al configurar un cálculo de atrasos lo que permite enviar el motivo del mismo en la comunicación con la TGSS. Este indicador afecta principalmente al Fichero de Bases (FBS) y al Fichero de Retribuciones (CRA). Si no se informa de este indicador, se asumirá el valor 0009 (Retribución por Atrasos de Convenio).
Obtención de Costes del Productor
Se incrementan las opciones de cálculo de costes de laboral permitiendo la obtención del coste del productor en función de los días y porcentaje de asignación del productor a cada centro de coste. Con estas opciones aumentan las posibilidades del cálculo de costes evitando el procesado de partes de trabajo.
Se permite también la asignación de un importe fijo del coste del productor a un centro determinado por lo que el desglose porcentual se ve modificado no solo por las horas o la asignación del productor al centro, sino por los importes asignados de forma directa a dicho centro.
Estas adaptaciones afectan a la obtención del coste de laboral con independencia del módulo en el que sea explotado (Libra-Nóminas, Libra-Financiera, etc.)
Cotizaciones Manuales
Continuando con el incremento de funcionalidades aplicadas a la «Entrada Manual de Cotización» se realizan las siguientes modificaciones:
- Se permite la selección del tratamiento en caso de que la base de cotización exceda del tope de forma que se puede incluir o evitar que este exceso sea objeto de reparto en los tramos no topados.
- Se aumentan los controles de pagos realizados en el caso de que el usuario decida borrar nóminas asociadas a la entrada de cotización.
- En el caso de liquidaciones deudoras de cara al productor se informa al usuario de diferencias ya recuperadas en nómina.
- Se habilita la posibilidad de indicar el concepto de devengo a utilizar en el reparto de bases. Este concepto será el que componga el importe bruto de cada nómina resultante.
- Se incluyen nuevas opciones de importación de bases desde un archivo local.
Seguridad Social: Especificaciones Técnicas SLD
Con fecha 01/07/2022 la Seguridad Social ha modificado las especificaciones técnicas del Sistema de Liquidación Directa en los ficheros xml de comunicación:
- Fichero de Bases (FBS)
- Fichero de Respuesta (STTR, SCLR, FBSR, SCNR, SBOR)
- Fichero de Solicitud de Borrador (SBO)
- Fichero de Solicitud de Cálculos (SCL)
- Fichero de Solicitud de Confirmación (SCN)
- Fichero de Solicitud de Trabajadores y Tramos (STT)
- Fichero Documento Calculo Liquidación (DCL)
- Fichero Relación Nominal de Trabajadores (RNT)
- Fichero Trabajadores y Tramos (FTT)
- Fichero de Consulta Trabajadores Rectificados (CTR)
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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Libra Nóminas España: Cambios TGSS y SEPE (abril 2022)
El pasado día 31 de marzo, se publicó la Orden PCM/244/2022 por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022.
Esta orden trae consigo, entre otros aspectos, los topes mínimos de cotización a aplicar desde la nómina de marzo, es decir, vigentes en la cotización que se realiza en este mes de abril. Por este motivo se hace necesario configurar las constantes anuales del sistema en Libra Nóminas, así como realizar el recálculo de las nóminas que se encuentren por debajo de estos nuevos topes. A tal efecto, la Seguridad Social está informando de los productores afectados por estas nuevas bases mínimas en la respuesta al fichero de bases recibida mediante SILTRA.
Otro aspecto importante para este mes de abril es la publicación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal de los nuevos contratos de trabajo. Estos modelos de contrato han sido modificados al amparo de los cambios normativos publicados en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Los cambios en la contratación afectan tanto a las plantillas en formato pdf como a los esquemas xsd utilizados para el envío de los ficheros a Contrat@ por lo que los usuarios de Libra Nóminas deben tener el sistema actualizado para el correcto envío de los datos al SEPE.
Los nuevos códigos de contrato, al no estar gestionados por la Seguridad Social en los procesos de afiliación, deben apoyarse en los colectivos asociados al mismo de la siguiente manera:
- Los contratos 407 y 507 (contrato régimen artistas duración determinada) deberán enviar los códigos 402 y 502 respectivamente e indicar uno de los siguientes colectivos:
- 971. Contrato laboral artístico de duración determinada
- 972. Contrato laboral no artístico de duración determinada
- Los contratos 406 y 506 (contrato de duración determinada vinculado a los programas financiados con fondos europeos) deberán enviar los códigos 401 y 501 respectivamente asociando el colectivo:
- 970 – Administraciones públicas. Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
- Los contratos 405 y 505 (contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral) deben enviar los códigos 401 y 501 respectivamente con el colectivo:
- 969 – Administraciones públicas/Entidades sin ánimo de lucro. Programas activación Empleo.
- Los contratos ya existentes 402 y 502, deben especificar también de forma obligatoria el colectivo indicando uno de los siguientes valores:
- 969 – Administraciones públicas/Entidades sin ánimo de lucro. Programas activación Empleo
- 967 – Circunstancias de la producción
Para el registro del colectivo asociado al contrato en Libra Nóminas se modifica el maestro de contratos con la posibilidad de registrar el colectivo para poder ser enviado en el fichero de afiliación.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Libra Nóminas España: Cambios aplicados por la Tesorería General de la Seguridad Social
El marco laboral resultante de la aprobación de los últimos cambios legislativos (Reforma Laboral, Reforma Pensiones, LPGE, SMI…) lleva consigo la aplicación de importantes modificaciones en los procesos de cálculo, cotización, afiliación y comunicación con la Tesorería General de la Seguridad Social. A continuación, se resumen los cambios más relevantes:
Salario Mínimo Interprofesional 2022
El Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, fija el nuevo salario mínimo interprofesional para el ejercicio 2022 en un importe mensual de 1000 euros. Esta subida del SMI debe indicarse en las constantes anuales de Libra-Nóminas con fecha 01/02/2022.
Las bases mínimas de cotización, referenciadas al SMI, todavía no han sido publicadas de forma oficial por lo que no deberán informarse en el sistema hasta su publicación.
Se recuerda que tal y como indica la TGSS, no deben presentarse liquidaciones complementarias para la regularización de estos importes ya que se actualizarán las liquidaciones de forma masiva de la misma forma que para las diferencias generadas por el SMI en septiembre y octubre de 2021. Las cuotas resultantes de esta actualización podrán ser ingresadas sin recargo.
IT para mayores de 62 años
La nueva redacción del apartado 4 del artículo 144 de la LGSS (modificado por el artículo 1.2 de la Ley 21/2021 del 28 de diciembre) indica que con efectos a partir de 01/01/2022 se establece el derecho a una reducción del 75% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años. En relación a esta reducción, la Seguridad Social ha estimado aplicarla a partir del 18/02/2022 y sin previo aviso por lo que los usuarios que hayan confirmado las liquidaciones de enero y/o febrero sin esta reducción pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos.
Además, se informa a estos usuarios que deben configurar las situaciones de convenio para comenzar a aplicar esta reducción, utilizando la comparativa de cálculos Libra-TGSS para comprobar el cuadre de los costes.
Actualización de la liquidación de cuotas fuera de plazo.
La Seguridad Social ha comenzado a aplicar lo que ya viene avisando estos últimos meses en cuanto a la actualización de oficio de liquidaciones de cuotas ya presentadas.
Este procedimiento de remisión de información especificado en BNR 7/2021 de 10 de diciembre de 2021, implica el envío a la TGSS, por parte del autorizado al Sistema RED, de los datos necesarios para permitir el recálculo completo de las liquidaciones de cuotas que sean objeto de comprobación.
Estas liquidaciones, aunque corresponden a periodos ya cerrados, deben tratarse de la misma manera que si se tratase de liquidaciones en plazo.
Libra-Nóminas incorpora la posibilidad de enviar los datos necesarios de la liquidación en el fichero de bases permitiendo cumplir del requerimiento establecido a los empresarios (Artículo 36 de la LGSS).
Cotización adicional en contratos de duración determinada
En relación a los cálculos de la penalización para los contratos temporales de duración inferior a 30 días (Artículo 151 de la LGSS) se han incorporado nuevos casos capturados durante la cotización del mes enero. En la última actualización de Libra-Nóminas se cargan los cambios necesarios para abordar estos casos de forma trasparente al usuario y sin necesidad de incluir nueva parametrización.
Para el registro del valor de esta la penalización se utiliza el elemento CA11 y queda disponible para su explotación como cualquier otro elemento calculado. Por otro lado, se recuerda que esta penalización sustituye el recargo del 40% sobre las contingencias comunes de la empresa vigente hasta el 31/12/2021.
Siltra 3.1.0 y siguientes
La Seguridad Social viene avisando de los cambios en las validaciones de formatos incluidos en las versiones de SILTRA 3.1.0 y siguientes. Este cambio afecta principalmente a los ficheros AFI y FDI ya que pasan a validarse de forma estricta en cuanto a la alineación, relleno de campos y caracteres admitidos.
Esta versión de Siltra, disponible desde el 04/02/2022, también aplica nuevos esquemas para el tratamiento del Fichero de Bases lo que puede provocar problemas en la validación de estos archivos. La última versión de Libra-Nóminas evita estos avisos permitiendo realizar los procesos de afiliación y cotización sin incidencias.
En la próxima versión de Siltra (3.2.0), la TGSS soluciona los problemas de validación de los ficheros CRA.
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Nóminas España: Reforma Laboral, Pensiones y LPGE
Las siguientes publicaciones modifican el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, en numerosos aspectos para el ejercicio 2022:
- Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
- Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
- Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.
Esta nueva regulación afecta al cálculo de la nómina y a su cotización en aspectos importantes que se deben tener en cuenta ya que se encuentran en vigor desde este mes (enero 2022). De entre los cambios más importantes destacamos:
Apartado 4 del Artículo 144 de la LGSS
«La obligación de cotizar continuará en la situación de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, en la de nacimiento y cuidado de menor, en la de riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural, así como en las demás situaciones previstas en el artículo 166 en que así se establezca reglamentariamente. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las empresas tendrán derecho a una reducción del 75 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años»
Artículo 151 de la LGSS
«Artículo 151. Cotización adicional en contratos de duración determinada. 1. Los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario a la finalización del mismo. 2. Dicha cotización adicional se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes. 3. Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos a los que se refiere este artículo, cuando sean celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón; ni a los contratos por sustitución.»
Artículo 153 bis de la LGSS
«Artículo 153 bis. Cotización en los supuestos de reducción de jornada o suspensión de contrato…En estos supuestos, las bases de cotización a la Seguridad Social para el cálculo de la aportación empresarial por contingencias comunes y por contingencias profesionales, estarán constituidas por el promedio de las bases de cotización en la empresa afectada correspondientes a dichas contingencias de los seis meses naturales inmediatamente anteriores al inicio de cada situación de reducción de jornada o suspensión del contrato…»
Artículo 152 de la LGSS
«Artículo 152. Cotización al Régimen General a partir de la edad de jubilación. 1. Las empresas y las personas trabajadoras quedarán exentas de cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal derivada de dichas contingencias, respecto de los trabajadores por cuenta ajena y de los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, una vez hayan alcanzado la edad de acceso a la pensión de jubilación…»
Artículo 106 (LPGE)
Artículo 106 (LPGE) establece las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2022.
Por otro lado, es importante conocer los cambios en relación a la contratación cuyos principales cambios resumimos a continuación:
- Se suprimen los contratos por obra o servicio determinado y se crea un contrato indefinido especial para la construcción.
- Los posibles contratos temporales se reducen a 2 grupos:
- Contratos por razones estructurales que pueden celebrarse por causas de producción o por sustitución.
- Contratos de formación que adquieren la modalidad de formación dual (combinando trabajo y formación) y contrato en prácticas.
- Los contratos fijos-discontinuos se firmarán para la realización de trabajos de naturaleza estacional, actividades de temporada o para trabajos de duración intermitente. Estos contratos se ven afectados en lo referente al reconocimiento de la antigüedad del empleado ya que pasará a computarse todo el periodo de relación laboral y no sólo los periodos efectivamente trabajados.
- El encadenamiento de contratos temporales se modifica de manera que, en un periodo de dos años, si el trabajador acumula más de año y medio encadenando contratos en una misma empresa, pasará a ser indefinido.
- Para los contratos temporales vigentes a 31/12/2021 se fijan regímenes transitorios con los siguientes límites:
- Los contratos formativos en prácticas y los de formación y aprendizaje (art 11. ET) podrán aplicarase hasta su duración máxima.
- Los contratos de duración determinada firmados antes del 31/12/2021 podrán aplicarse hasta su duración máxima.
- Los contratos de duración determinada firmados antes del 30/03/2022 no podrán superar los 6 meses.
- Para la aplicación de los límites de encadenamiento de contratos se considerará solo el contrato vigente a la entrada en vigor del RDL 32/2021, de 28 de diciembre.
Conviene destacar también los cambios que afectan a los empleados subcontratados ya que estos podrán ampararse en el convenio colectivo sectorial de la actividad desarrollada en la empresa principal o el que se determine por negociación colectiva y solo se aplicará el convenio de empresa si determina mejores condiciones salariales.
Por último, se aplican modificaciones a los ERTEs ETOP y a los ERTEs por Fuerza Mayor incorporando una mayor flexibilidad en los procesos, así como la posibilidad de aplicar exoneración de cuotas por formación siempre vinculadas al mantenimiento del empleo de igual forma que para los ERTEs COVID-19. Se incorpora también un Mecanismo RED por el que se facilita a las empresas un entorno regulado ante las caídas de demanda por causas económicas.
Desde Edisa estamos trabajando en la implementación de todos los cambios necesarios para abordar la normativa vigente. Tras la próxima publicación por parte de la Seguridad Social en relación a Siltra/Winsuite procederemos a liberar la actualización de Libra-Nóminas correspondiente.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
Libra-Nómina España: Actualización 2022/01
Ya se encuentra disponible la próxima versión de Libra-Nóminas con los cambios legislativos aplicados en materia laboral tanto para el cierre de 2021 como para el inicio del próximo ejercicio. A continuación, se resumen las modificaciones más relevantes
Cotizaciones de noviembre y diciembre de 2021
La Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional incorpora nuevos tipos de cotización para los contratos de formación, así como nuevos topes mínimos de cotización para los distintos regímenes soportados.
Estos cambios, consecuencia de la subida del SMI, tienen carácter retroactivo el mes de septiembre y ya se están aplicando en las liquidaciones ordinarias correspondientes al mes de noviembre. Se recuerda que estas cotizaciones deben respetar estas normas por lo que los usuarios deben confirmar el resultado que las liquidaciones de noviembre comprobando su aceptación por la Seguridad Social. A este respecto se han publicado instrucciones precisas que indican la forma de operar en función de si la liquidación ha sido presentada antes o después del día 13 de diciembre (fecha en la que la Seguridad Social ha cambiado bases y tipos de cotización)
Seguridad Social ha informado además que los usuarios del RED no deben presentar liquidaciones complementarias para regularizar las diferencias de los meses de septiembre y octubre ya que próximamente informará de las instrucciones pertinentes para liquidar estas diferencias de cotización.
Ficheros de Cotización SILTRA
Se desarrolla la importación y el procesado de los ficheros de Consulta de Trabajadores Rectificados (CTR) emitidos por Seguridad Social en la rectificación de liquidaciones fuera de plazo. En relación a este proceso de rectificación de cuotas, se ha habilitado la posibilidad de indicar el número de liquidación en la generación en los Ficheros de Bases (FBS) y en los Ficheros de Solicitud de Confirmación (FSC).
El Fichero de Cálculos (FCL) y el Fichero de Trabajadores y Tramos (FTT) se actualizan también en función de las instrucciones técnicas y esquemas publicados por Seguridad Social como consecuencia del BNR 7/2021 del 10 de diciembre de 2021.
Seguridad Social ha informado de la previsión de publicar la próxima versión de SILTRA en enero de 2022.
Trabajadores Relevistas (Tiempo Parcial Concentrado)
Tal y como indica el artículo 215.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social en relación a los trabajadores relevistas, debe existir una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial. Por este motivo se desarrolla el tratamiento en cotización de este personal asemejando el proceso al del personal en situación de jubilación parcial con concentración de jornada (especificaciones publicadas en el BNR 7/2021).
Retenciones a cuenta del IRPF
Se actualiza el cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal para el ejercicio 2022 en función del algoritmo publicado por el departamento de informática tributaria.
Modelo 111
Como ya se informó en entrada anteriores, el modelo 111 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta) ha sido actualizado en base a las especificaciones publicadas por la AEAT para el ejercicio 2022. Las opciones de impresión han sido agrupadas permitiendo la obtención del modelo en borrador y la obtención del informe detallado por productor y claves de percepción.
Modelo 190
Se optimiza la composición del Modelo 190 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual). Entre otras mejoras se facilita a los usuarios la composición y envío de ficheros incluyendo un proceso validación exhaustiva de datos. Tras esta validación se presentan al usuario los posibles avisos/errores para que puedan ser revisados sin necesidad de exportar y procesar el fichero desde la plataforma de AEAT.
Expedientes de Regulación Temporal de Empleo
Tal y como ha informado la Seguridad Social a partir del próximo 01-12-2021, las empresas que dispongan de expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivados de fuerza mayor, contemplados en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, deberán comunicar la existencia y mantenimiento del ERTE, conforme a los mismos procedimientos establecidos para la presentación de las declaraciones responsables para la aplicación de exenciones, con los correspondiente valores de código de CPC. A tal efecto se desarrollan en Libra-Nóminas las opciones de configuración necesarias para calcular las cotizaciones y las exenciones correspondientes. Se contempla también la parametrización de los nuevos ERTES y/o las prórrogas aprobadas sobre los ya activos.
Los procesos de afiliación se actualizan, incorporando el tratamiento de los nuevos códigos de ERTE, motivos de reducción, tipos de inactividad e incluyendo los campos necesarios para la declaración responsable de la formación de los empleados o el envío de la información correspondiente a la aplicación de las exenciones.
Trabajadores Relevistas (Tiempo Parcial Concentrado)
Tal y como indica el artículo 215.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social en relación a los trabajadores relevistas, debe existir una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial. Por este motivo se contemplan en Libra-Nóminas los nuevos valores utilizados en los Ficheros de Cálculos y Ficheros de Trabajadores y Tramos. Se modifica el tratamiento en cotización de estos contratos, asemejando el proceso al del personal en situación de jubilación parcial con concentración de jornada.
Parámetros de cálculo a nivel de trabajador
Se amplía la parametrización del cálculo de nómina a nivel de trabajador incluyendo el tratamiento de los días de cálculo para el personal con retribución mensual y el tratamiento de estos en las pagas extras. Estos parámetros permiten indicar excepciones en un tramo de fechas determinado para un productor respetando la configuración de la cuenta de cotización para el resto de nóminas calculadas.
Servicio FIER / Fichero FIE
Se recuerda a los clientes que Libra-Nóminas permite la incorporación al sistema de los ficheros FIE (Fichero INSS Empresas) por lo que este procedimiento es el recomendado para la verificación de las prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, nacimiento y cuidado del menor, etc. Por otro lado, el servicio FIER, aunque aporta la misma finalidad, está destinado a empresas pequeñas por lo que es menos operativo.
Presupuestos Generales del Estado 2022
El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 adelanta los cambios que serán aplicados en la cotización a partir de su aprobación. En este documento se redactan los cambios que afectan todos los regímenes soportados adelantando ya un tope máximo de cotización previsto de 4139,40 mensual o 137,98 diario. Cabe destacar, entre otras modificaciones, los cambios en la formulación aplicada para el Sistema Especial Agrario en cuanto al cálculo de reducciones. Estos cambios serán actualizados en la versión de Libra-Nóminas posterior a su aprobación.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/09
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:
Salario Mínimo Interprofesional
El Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, fija el salario mínimo interprofesional para 2021 en 965 euros/mes (32,17 euros/día) tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para empleados del hogar. El salario en especie no podrá, en ningún caso, minorar este importe dinerario.
Esta subida se aplica con carácter retroactivo a 01/09/2021 por lo que debe informarse en las constantes anuales de Libra-Nóminas con la fecha indicada.
Servicio FIER
El pasado día 20/09/2021 la Seguridad Social habilitó el servicio FIER para la descarga de datos del INSS en formato excel. Este servicio permite al usuario consultar en el acto los datos que maneja el INSS en relación a las situaciones de sus trabajadores.
Esta información complementa la ya obtenida por Libra-Nóminas en los ficheros FIE; y queda disponible para que el usuario pueda nivelar la información entre Libra y Siltra antes de iniciar el proceso de cotización.
Embargos y Retenciones Judiciales
Atendiendo a los límites de embargabilidad del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se incrementa la parametrización disponible para el cálculo de retenciones judiciales en los meses con paga extraordinaria. De esta forma se incluyen nuevos tipos de cálculo que determinan la base de retención y permiten calcular sobre la suma del salario mensual ordinario más el salario correspondiente a la gratificación extraordinaria.
Se incluye también la agrupación parametrizable de los conceptos correspondientes a percepciones no salariales o extrasalariales con la finalidad de ser retenidos sin aplicar el límite de la LEC.
Se recuerda que el reciente cambio en el Salario Mínimo Interprofesional puede afectar al cálculo de estas retenciones.
Modelo 111 para 2022
Se actualiza el modelo 111 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta) en base a las especificaciones publicadas por el departamento de informática tributaria de la AEAT de cara al ejercicio 2022.
Se agrupan también las opciones de impresión permitiendo la obtención del modelo en borrador y la obtención del informe detallado por productor y claves de percepción. Libra recomienda la presentación del modelo mediante fichero, no obstante, se recuerda que para la presentación del modelo en papel es obligatorio obtener el impreso desde el servicio de impresión desarrollado por la AEAT en su sede electrónica.
Prórroga de los ERTE hasta febrero 2022 y nuevas modalidades
El Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo trae consigo la prórroga, hasta el 28 de febrero de 2022, de los expedientes de regulación temporal de empleo basados en causas relacionadas con la situación pandémica. De entre los aspectos más relevantes destacan:
- Es necesario realizar la correspondiente solicitud formal antes del 15 de octubre para acceder a la prórroga
- Se mantiene la posibilidad de solicitar nuevos ERTEs por impedimento de la actividad y ERTEs por limitaciones, así como los cambios entre ambas modalidades.
- Se incorpora la realización de acciones formativas vinculadas al ERTE como un nuevo indicador para la exoneración de cuotas y se mantiene la cláusula de mantenimiento de empleo.
Las modificaciones en Libra-Nóminas para llevar a cabo la afiliación y cotización de los empleados quedan sujetas a la próxima publicación del BNR por parte de la Seguridad Social.
Supresión de CCCs secundarias
La eliminación de cuentas de cotización secundarias (BNR 2019/4) llevada a cabo por la Seguridad Social con el objetivo de que las empresas dispongan de un único código de cuenta de cotización por provincia y régimen, trae consigo la agrupación de productores afectados por relaciones laborales con diferente actividad.
Esta unificación de personal implica, en algunos casos, la aplicación de distintas tarifas asociada a la actividad por lo que se desarrolla la posibilidad de parametrizar, a nivel de productor, los porcentajes de las cuotas de IT e IMS.
Con estos indicadores, el trabajador puede ubicarse dentro de una cuenta de cotización sin depender de esta, personalizando el tratamiento en calculo al igual que se hace con el tipo de relación laboral o la ocupación.
De no indicar los valores al trabajador, el sistema seguirá aplicando las correspondientes a la cuenta de cotización.
Vacaciones por centro de trabajo
Se incorpora el identificador de centro de trabajo en la gestión de vacaciones incrementando las posibles excepciones en la configuración general de convenio.
Para el cálculo de las vacaciones de los productores que cambian de centro de trabajo en el ejercicio, se realiza un cómputo de días pendientes/disfrutados por cada tramo en función de la parametrización de cada uno de los distintos centros en los que ha estado ubicado.
Los datos resultantes quedan disponibles en el sistema permitiendo la consulta por parte del usuario, aplicándolos en una posible liquidación de vacaciones o llevándolos al Portal del Empleado.
Esta actualización lleva a Libra-Nóminas a su última versión incluyendo la corrección de los casos detectados y la inclusión de los cambios aplicados para la optimización de los procesos.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/06
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las principales adaptaciones:
Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos
El RDL 11/2021 especifica las prórrogas y los nuevos expedientes de regulación temporal de empleo, así como el tránsito entre los distintos códigos de peculiaridad de cotización asociados a cada regulación durante los meses de junio a septiembre. Para permitir la configuración en Libra Nóminas se hace necesario actualizar el módulo a última versión cargando las siguientes modificaciones:
- Afiliación en TGSS: Se ha implementado el tratamiento de nuevos códigos de ERTE, motivos de reducción y códigos de inactividad habilitados por la Seguridad Social para la comunicación de los empleados afectados.
- Cotización a la Seguridad Social: Se modifica el cálculo de exoneraciones y bonificaciones aplicadas en nómina. Estas ayudas estan sujetas al cumplimiento de los requisitos y al envío de la declaración responsable a través del Sistema RED. Las actuaciones a realizar se especifican en el Boletín de Noticias RED 4/2021.
- Periodos de actividad/inactividad SEPE: Se implementa el tratamiento de los nuevos ERTEs en la generación de los archivos de comunicación de periodos de regulación al Servicio Público de Empleo.
- Se actualiza la codificación utilizada en los procesos anteriores:
- Códigos de peculiaridad de cotización a nivel de cuenta de cotización
- Códigos de inactividad para la identificación del productor.
- Motivos de reducción de jornada asociados a cada código de regulación
- Códigos oficiales de ERTE
- Ayudas a la reincorporación: Se actualizan también los porcentajes aplicados a los colectivos utilizados para la reincorporación a la actividad tras el ERTE.
Nueva versión del Sistema Liquidación Directa (SILTRA) 3.0.0
La próxima publicación de la versión Siltra 3.0.0 prevista para el próximo mes de septiembre afecta a la generación y validación de remesas así como a la visualización e impresión de respuestas. En el envío de ficheros, Siltra realizará un control exhaustivo de la versión utilizada para Afiliación e INSS rechazando los mensajes con versiones antiguas. Por este motivo es necesario tener actualizado los principales mensajes de comunicación a los últimos formatos publicados. Las versiones de sintaxis de mensaje necesarias son:
- Fichero de Afiliación (AFI): versión 9.1
- Conceptos Retributivos Abonados (CRA): versión 1.2
- Mensaje de Documentos del INSS (FDI): versión 5.1
- Fichero del INSS para Empresas (FIE): versión 2.0
Tras las pruebas realizadas con esta nueva versión se han comprobado los siguientes aspectos:
- La compatibilidad con Libra no se ve afectada por lo que la integración entre Libra-Nóminas y Siltra no sufrirá cambios.
- Se han realizado modificaciones en la interfaz de usuario para las áreas de Afiliación e INSS, no obstante, la funcionalidad y la forma de operar continúa siendo la misma.
- Los paquetes de instalación vienen firmados con certificado digital por lo que se adquiere autenticidad e integridad en los ficheros.
Elementos de fórmula (EFO) calculados en Nómina
Se desarrollan los cambios necesarios para poder registrar el resultado de fórmulas de tipo EFO en el histórico de nómina. Este cambio aporta las siguientes mejoras:
- Optimización de procesos posteriores al cálculo de nómina ya que se les libera de procesos de formulación obteniendo una mejor respuesta.
- Se simplifica la composición de los informes facilitando el diseño al usuario final, sin necesidad de conocer y componer fórmulas para este cometido.
- Se simplifica la parametrización del proceso de contabilización de nómina a consultores y usuarios evitando el uso de fórmulas.
Entrada Manual de Cotización
Se habilitan nuevas opciones de reparto de cotización para la generación de liquidaciones complementarias desde la entrada manual de cotización:
- Evitar/Incluir tramos en situación: Indica si el usuario desea incluir los tramos en situación (IT, Maternidad, ERTE…) para el reparto de la cotización.
- Evitar/Incluir reparto en exceso de topes: Indica si el usuario desea que el exceso de cotización de tramos topados debe o no repartirse en los tramos que no lo están.
Por otro lado, se adaptan los procesos para el tratamiento de la retribución en especie generando los elementos necesarios en la nómina (TT10, BI02, RE20…) para la correcta gestión de impuestos.
Estas opciones incrementan la funcionalidad de un proceso cada vez más utilizado por la comodidad que aporta permitiendo la generación de nóminas de forma manual partiendo únicamente de un total devengado.
Solicitudes en el Portal del Empleado
Se estandarizan los formularios dinámicos de solicitud más comunes utilizados en el portal del empleado. De esta forma se simplifica la configuración de estas solicitudes y se facilita la herencia de futuras mejoras incorporadas en próximas actualizaciones de Libra-Nóminas. Las solicitudes de cambio afectadas corresponden a las siguientes áreas:
- Modelo 145: Cambios en relación al IRPF del empleado, situación familiar, ascendientes, descendientes y préstamo vivienda.
- Datos Personales: Cambios de domicilio, datos de contacto, datos bancarios y fotografía.
- Formación Externa: Informar y mantener la formación obtenida por el empleado.
- Experiencia Laboral: Informar y mantener la experiencia laboral adquirida.
- Gestión documental: Subir y consultar documentación originada en Libra-Nóminas (Certificado de Retenciones, Recibo de Salarios…).
- Vacaciones: Solicitud, consulta, aprobación y registro de vacaciones.
- Permisos: Solicitud, consulta, validación y registro de permisos.
Real Decreto 902/2021, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
El pasado mes de abril entró en vigor el RD 902/2020 que establece las medidas a adoptar para evitar la discriminación por género en materia retributiva y hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Entre estas medidas se establece la obligatoriedad de realizar un registro retributivo de la plantilla desagregado por sexo y distribuido por distintos criterios.
Se recuerda que, para abordar este registro retributivo, Libra permite la exportación de la información necesaria mediante las herramientas actuales de generación de informes. Con esta información el usuario debe realizar el análisis de los datos y la composición del registro retributivo.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/03
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las principales adaptaciones:
Periodos de Actividad SEPE en ERTEs
Se adaptan los procesos de generación y obtención de datos en base a los cambios informados por el Servicio Público de Empleo Estatal en relación al contenido del fichero en el que se envían los datos de actividad e inactividad de los productores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo.
Estos cambios afectan a los productores que ha regulado en un determinado mes ya que deberán ser enviados en los siguientes periodos informando de su periodo de actividad correspondiente. A mayores se crean varios parámetros que afectan a la obtención de estos datos siempre dentro de la normativa especificada per el SEPE.
Fichero FIE Versión 2.0
Tras la publicación por la seguridad social de la versión 2.0 del fichero FIE (Fichero INSS EMPRESAS) se adapta Libra-Nóminas para la importación y consulta de la información contenida en el mismo. Se incluyen los partes de confirmación de IT además de incluir nuevos colectivos como el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. Este nuevo formato ha sido activado por seguridad social el pasado 8 de marzo consolidando este fichero como el canal oficial de comunicación de datos de IT entre en INSS y la empresa.
Real Decreto Ley 2/2021 de 26 de enero de 2021
El RDL 2/2021 de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo establece las prórrogas en relación a los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor, ERTEs por impedimento en el desarrollo de la actividad y ERTEs por limitación al desarrollo normalizado de la actividad hasta el 31 de mayo de 2021.
Así mismo aparecen nuevos tipos de regulación temporal por impedimento o limitación de la actividad ligados a las nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria junto con el desarrollo del tránsito a ERTEs ETOP.
Las empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura y una reducida tasa de recuperación de actividad quedan especialmente exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta en los porcentajes establecidos en este mismo RDL.
En respuesta a los cambios anteriores, se adaptan los procesos de cálculo, afiliación y cotización en Libra-Nominas para la correcta gestión de estas situaciones.
Se actualizan en el sistema todos los tipos de inactividad, las causas de peculiaridad de cotización, los motivos de reducción, los códigos oficiales de ERTE así como los porcentajes de exoneración para la recuperación tras la regulación de empleo.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Los procesos de obtención de datos para los modelos tributarios han sido modificados para incluir una validación exhaustiva de la información enviada. De esta forma se presentan al usuario de Libra-Nóminas los errores/avisos encontrados para poder ser revisados sin necesidad de realizar una validación previa del fichero en la plataforma de AEAT.
Se desarrollan también las modificaciones necesarias aplicadas a la presentación de los impuestos anuales del IRPF para residentes y no residentes a la AEAT. Como ya se informó en su momento se incluyen nuevas claves/subclaves para el Ingreso Mínimo Vital (L-29) y otras rentas exentas (L-30) así como las modificaciones aplicadas en las ya existentes (L-22, L-28...)
De la misma manera se incluyen todos los cambios correspondientes a la presentación de estos impuestos en las Haciendas Forales.
Envío de documentos en formato HTML
Se incorpora al proceso de envío por correo electrónico de documentación laboral (nóminas, certificado de retenciones, etc..) la posibilidad de establecer el cuerpo el email en formato HTML. De esta forma se permite una mayor personalización en la estática del texto introducido. El sistema continúa permitiendo la sustitución de variables para presentar una redacción completamente personalizada al receptor del correo. Se recuerda que los usuarios deben hacer uso de la configuración ya existente para firmar y encriptar los documentos enviados y dotar así de una mayor seguridad a todo el proceso.
Cálculo de Atrasos de Convenio
El cálculo de atrasos es un proceso que conlleva tener el histórico de nómina correctamente formado para que las posibles diferencias calculadas se ajusten a las situaciones y tramos que tiene la seguridad social en su sistema (Siltra). Para facilitar al cliente la revisión de estos datos se modifica el cálculo de forma que cada subproceso (cálculo de paralelas, cálculo de diferencias, cálculo de atrasos) presentará la totalidad de avisos encontrados de forma que el usuario obtendrá un listado de productores afectados sobre los que debe aplicar la configuración correcta para poder cotizar o pagar la nómina de atrasos en función de cada caso.
Ajuste de Tramos SILTRA
Se incorporan modificaciones en la generación de tramos SILTRA y en el ajuste de los mismos contemplando casos de ERTEs parciales y ERTEs totales por tramos en el mismo mes. A mayores se incorpora la posibilidad de ajustes de tramos en maternidad parcial cuando se dan situaciones de IT y se aborda el tratamiento de los nuevos contratos de Tiempo Parcial Concentrado. En relación a estos últimos contratos (TPC) se actualiza todo el circuito SILTRA para su correcta gestión durante todo el proceso de cotización.
Alertas para Cálculo de Nómina
Se desarrolla la posibilidad de habilitar alertas en el cálculo de nómina para poder avisar al usuario en situaciones para las que desea ser alertado. Estas alertas ejecutarán la rutina especificada enviando la información al usuario permitiendo registrar o no el cálculo resultante. Se instala la posibilidad de habilitar estos avisos no obstante su implantación deberá realizarse con la ayuda de su consultor habitual de Nómina.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.
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¿Por qué tu ERP debería contar con un módulo de Recursos Humanos?
La mayoría de los ERP adoptan una estructura modular que soporta y gestiona diferentes departamentos de una empresa: el módulo de gestión financiera, gestión de compras, gestión de ventas o recursos humanos, entre otros muchos.
Lo beneficioso de este tipo de software de gestión empresarial es que todos estos módulos están interconectados y comparten una base de datos común, garantizando de esta manera la coherencia e integración de todos los datos generados por la empresa. Esto, sin duda, ofrece una visión no solo integral y global del conjunto de la organización, sino que nos garantiza un nivel mucho más elevado de productividad y cohesión entre todos los departamentos y procesos, además de reducir notablemente los errores. Esto es evidente, ya que una empresa que utiliza varios software para gestionarse tiene muchas más posibilidades de cometer errores al no tener todos los datos cruzados e integrados, ni una visión global desde una única plataforma.
¿Para qué sirve el módulo de Recursos Humanos?
A grandes rasgos, el módulo de Recursos Humanos permite la gestión del personal desde el punto de vista de su cualificación profesional y del talento (habilidades, conocimientos, actitudes), facilitando el encaje de las personas con las necesidades de la empresa.
Así mismo, el software de Recursos Humanos cubre la gestión total de la estructura organizativa, la evaluación del desempeño, la gestión de la formación, la selección de personal y el control de los niveles de actividad e inactividad existentes en la empresa, además de otras funcionalidades complementarias.
Por si no te hemos abierto los ojos aún, aquí van 6 ventajas que conseguirás utilizado un software de Recursos Humanos:
Gestión integral de la fuerza laboral:
El software de RRHH adecuado, reúne todas las operaciones relacionadas con el departamento bajo el mismo módulo, lo que implica que puede asignar tareas y hacer un seguimiento integral de su progreso. Esto significa algo muy positivo para la organización, ya que implica que todos los colaboradores de la empresa pueden estar trabajando simultáneamente, puedan seguir las actualizaciones más recientes, comentar tareas y tener una visión global e integral de la fuerza laboral de la compañía.
Visión estratégica del capital humano:
La principal función de este módulo es concentrar la máxima información posible de los trabajadores, para ayudar a las organizaciones a desarrollar acciones para ganar eficiencia. Gracias al módulo de Recursos Humanos, el capital humano obtendrá información completa y actualizada sobre sus actividades y tareas que, sin duda, le ayudará a optimizar su tiempo. Así, por ejemplo, cuando exista una tarea, siempre se podrá asignar al mejor talento, controlar su progreso y saber cuando estará terminada, para adjudicarle otra tarea a esa persona.
Aumento de la productividad:
Como ya se ha comentado en el apartado anterior, uno de los objetivo principales del módulo de Recursos Humanos es tener control de los niveles de actividad e inactividad existentes en la empresa. Esta medición y control de la productividad, tiene la finalidad de repercutir en un ahorro del tiempo y de los costes para la empresa.
Mayor agilidad y eficiencia en la selección o reclutamiento del personal:
El módulo de Recursos Humanos facilita y agiliza todo lo relacionado con la parte administrativa del reclutamientos y contratación de personal. Así mismo, también permite la evaluación de esta captación de talento para las empresa.
Evaluación y reconocimiento del desempeño:
El módulo de Recursos Humanos ayuda a las empresas a mantener el control y seguimiento de cada trabajador y a fomentar prácticas para el reconocimiento de su desempeño. Así mismo, también nos puede ayudar a detectar tendencias y patrones no productivos.
Analítica y reporting del departamento
El módulo de Recursos Humanos ofrece funciones de analítica y reporting, de manera que las empresas podrán obtener estadísticas del departamento y gráficos visuales necesarios para el control y la mejora de la organización, sin salir de la esta misma plataforma.
Para más información acerca del módulo de Recursos Humanos, consulta esta página.
Para más información acerca de LIBRA RRHH, haz clic AQUÍ.
5 beneficios de tener implementado un Portal del Empleado en tu empresa
La comunicación entre una empresa y sus trabajadores debe ser fluida y transparente, es por ese motivo que cada vez es más necesario contar con herramientas que promuevan la comunicación bidireccional. El Portal del Empleado es, sin duda, una de las soluciones más eficaces y económicas para lograrlo.
Cada vez es más frecuente que, empresas de cualquier sector, implementen un Portal del Empleado, ya que les permite aligerar de cargas al departamento de recursos humanos, además de mejorar el compromiso de los trabajadores hacia la compañía.
¿Qué es un Portal del Empleado?
El Portal del Empleado es una plataforma en línea que permite al trabajador tener acceso a los principales datos que le afectan a nivel laboral, así como canalizar cualquier gestión con el departamento de RRHH, evitando el uso del correo electrónico o del contacto directo.
El Portal del Empleado incorpora una serie de funciones muy variadas, habituales en el día a día de cualquier persona en su relación con la empresa, tales como el mantenimiento de sus datos personales, solicitud de vacaciones y permisos, descarga de documentos, como nóminas, o la introducción de notas de gastos, entre otros.
Además, también se puede utilizar para realizar comunicaciones internas, como información corporativa, por ejemplo.
Beneficios de tener implementado un Portal del Empleado
A continuación se exponen 5 de los beneficios más significativos de tener un Portal del Empleado implementado en una empresa:
Mejora de la eficiencia del departamento de RRHH y mayor autonomía para el trabajador:
El Portal del Empleado permite a los distintos departamentos de RRHH automatizar las tareas administrativas, ya que gracias a esta plataforma el trabajador adquiere la capacidad de autogestionar ciertos aspectos relacionados con RRHH. Esto supone un gran ahorro de tiempo tanto para la empresa como para los propios trabajadores, que podrán evitar largos trámites para realizar una sencilla consulta o petición.
Mejora de la accesibilidad y mayor transparencia
Al tratarse de una plataforma web, todos los trabajador podrán acceder al portal desde cualquier lugar y dispositivo, en cualquier momento. Así mismo, el Portal del Empleado permitirá tanto a empresa como trabajador mantener una comunicación bidireccional muy rápida a muy pocos clics.
Mejora de la productividad
El Portal del Empleado se puede completar con widgets que miden los KPI de rendimiento y evaluación del desempeño. Esto hace que, tanto dirección como RRHH, puedan tener una vista 360º del global de la organización, así como facilita algunos de procesos de gestión.
Aumento de la motivación del personal
La delegación de tareas, derivada de los procesos de autogestión propios de los Portales del Empleado, hace que los trabajadores se sientan más valorados, ya que se crea un vínculo de confianza entre empresa y aquellos que trabajan en ella.
Mejora de la cultura corporativa y construcción de un vínculo de pertenencia
Por último, el Portal del Empleado también contribuye a la creación de un sentimiento de pertenencia, es decir, directamente ayuda a mejorar la cultura corporativa de la empresa. Si a una mejor comunicación, más fluida y bidireccional, le sumamos una delegación de tareas, que se traduce en una mayor autonomía y autogestión por parte del trabajador, el resultado siempre será positivo: una relación más transparente y sólida.
Para más información acerca de Portal del Empleado, consulta esta página.
Libra-Nómina España: Actualización 2020/03
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación se resumen las adaptaciones más relevantes:
Cálculo de Bonificaciones TGSS
Se desarrollan las modificaciones necesarias para aplicar los cambios publicados por la TGSS en el cálculo de bonificaciones para el Sistema de Liquidación Directa. Estos cambios son:
- Modificación del límite de las bonificaciones de cuantía fija cuando éstas no afecten a la totalidad del período de liquidación. Si un tramo tiene exceso de bonificación ya no se aplica a otros tramos no bonificados.
- Modificación de los límites cuando se superpongan bonificaciones de cuantía fija y bonificaciones de porcentaje. Tiene prioridad el cálculo por porcentaje sobre la cuantía fija todo ello con el límite de la cuota empresarial de las contingencias que tenga cubiertas.
Envío de fracción de día L13 a L00
Se aplica el criterio informado por la Seguridad Social en el que cuando el número de días de vacaciones no disfrutadas no es entero, la fracción de día correspondiente debe llevarse a la liquidación L00. Este cálculo ya se viene aplicando cuando la cantidad de días es inferior a la unidad (Boletin RED de 12 de Julio de 2016) no obstante se ha llevado a todos los casos, es decir, con independencia de la cantidad de días. Para aplicar el cálculo es necesario configurar el parámetro destinado para ello ubicado a nivel de cuenta de cotización.
Esquemas xml para versión V120
Se desarrollan los cambios publicados en el Boletín RED (1/2020 del 5 de febrero de 2020) donde se especifican las modificaciones en los esquemas xml para los ficheros de Respuesta (xxxR), Fichero de Bases (FBS), Solicitud de Borrador(SBO) y Solicitud de Confirmación (SCN) pasando a la versión V120.Estos cambios se resumen de la siguiente manera:
- Se captura el Código de envío en los ficheros de respuesta para agilizar la localización de los ficheros cuando el usuario utiliza la atención de incidencias de la Seguridad Social. Este código se presenta al usuario en la Consulta de Procesos de Cotización.
- En la generación de los archivos afectados se presenta al usuario la lista de opciones posibles con respecto a la obtención de la Relación Nominal de Trabajadores (RNT).
Optimización de integración con SILTRA
Se reducen los tiempo de subida y procesado de archivos Siltra a Libra-Nóminas mediante el desarrollo de varios procesos:
- Se implementa la posibilidad de mover archivos SILTRA ubicándolos en nuevos subdirectorios de forma que las carpetas de lectura de la aplicación quedan liberadas de contenido manteniendo por defecto los últimos 3 meses (parametrizable).
- Los procesos pasan a realizarse en la misma petición ,es decir, ya no es necesario que el usuario realice primero la identificación de archivos y después el procesado sino que en un único proceso se lanzan todos los subprocesos registrando el total de errores para presentarlos al final.
- Se registran nuevos indicadores para analizar con mayor detalle los tiempo de captura, importación y procesado de la información.
- Se lleva toda la parametrización de lectura de directorios al maestro de autorizados RED permitiendo la modificación de de los parámetros al usuario autorizado.
Base Reguladora en Contratos a Tiempo Parcial
Atendiendo a las sentencias publicadas al respecto se desarrollan los cambios necesarios en el cálculo de la base reguladora a tiempo parcial para que en su cálculo se contemple exclusivamente los períodos (bases y días naturales) en los que el productor ha estado a tiempo parcial.
Fichero CRA (envío selectivo)
Se desarrolla la posibilidad de realizar envíos selectivos de conceptos permitiendo indicar en el fichero el alta o la eliminación de conceptos enviados con anterioridad. También se habilita la posibilidad de activar/desactivar conceptos para un proceso determinado así como la configuración de un tipo de actuación para cada concepto generado.
Con estas modificaciones se facilita la rectificación de importes enviados con anterioridad en ficheros CRA.
Control de Referencias y Dependencias en Fórmulas (EFO)
Se desarrollan nuevas consultas asociadas a la configuración de fórmulas facilitando al usuario/consultor la definición de las mismas. Se presenta la siguiente información:
- Detalle de la Fórmula a 'n' niveles: si una fórmula llama a otras podremos ver el detalle del contenido de todas las fórmulas implicadas
- Dependencias en Fórmulas: si la fórmula es llamada por otras podremos identificarlas visualizando la cadena de llamadas.
- Referencias a la Fórmula: si la fórmula es utilizada en el módulo podremos identificar en qué procesos está siendo utilizada(Informes, Contabilización, etc...)
Fusión de Cuentas de Cotización
La Seguridad Social ha comenzado con la fusión de cuentas de cotización con la finalidad de dejar un CCC por provincia y régimen con independencia de que algunos de los trabajadores de la empresa se encuentren excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia (incluidos contratos 421). Este proceso se ha venido avisado en los BNR 1/2018, 2/2018, 5/2018 y 4/2019.
Libra-Nóminas dispone de las modificaciones necesarias para realizar el proceso fusión de personal de forma masiva así como de la parametrización necesaria para configurar el TRL (Tipo Relación Laboral) a nivel de contrato del productor. Los procesos de cálculo, afiliación y cotización ya han sido testados para proceder a su actualización.
Modelo 345
Se desarrolla la parametrización necesaria para la generación y obtención del modelo 345 para la declaración anual de partícipes y aportaciones en su forma oficial. El sistema permite la exportación a fichero para su lectura desde la plataforma disponible en la AEAT.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puede contactar con su consultor habitual.
Libra-Nómina España: Actualización 2019/11
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación se resumen las adaptaciones más relevantes:
- Tope Máximo Cotización en Tiempo Parcial: Tal y como se especifica en la sección de avisos del Sistema RED se aplica un nuevo control a los contratos a tiempo parcial con el fin de ajustar la base máxima a los días que permanezca el trabajador en alta con obligación de cotizar. Este nuevo control se aplica a todas las liquidaciones independientemente del período de liquidación al que hagan referencia.
- Fichero FIE: Se desarrolla el tratamiento del nuevo fichero de comunicación del INSS a las Empresas sobre las situaciones de sus trabajadores. Este archivo viene a solucionar los problemas actuales de comunicación entre el INSS, la TGSS y la Empresa en los referente a ITs (recaídas, cambios a pagos directos, aprobaciones de invalidez permanente...).Para abordar la recepción de esta información en Libra se ha desarrollado un visor de mensajes RED que permite visualizar la información de estos archivos. A mayores se incluye la recepción e interpretación de otros archivos RED como los ficheros FRA (respuesta AFI), FRI (respuesta FDI) y RCA (respuesta CRA).
- Pagos en Complementarias L91: Se habilita la generación y gestión de pagos para nóminas complementarias L91. Para procesar estas nóminas basta con marcar el check "Complementarias" en los programas destinados para ello. De esta forma el check no solo contempla las nóminas de tipo X (L90) sino que incorpora también las de tipo Y (L91) tratándose de forma conjunta. Aunque el tratamiento se realiza en conjunto, el resultado queda separado por tipo de nómina, es decir, por defecto nunca tendremos un pago agrupado de nóminas L90 y L91.
- Tipo de Retención del IRPF : Se desarrolla el algoritmo publicado por la agencia tributaria para el cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal IRPF 2020. Este algoritmo se comenzará a aplicar a Libra-Nóminas en Enero de 2020. A mayores se ha desarrollado un proceso de regularización del tipo de retención para productores en Hacienda Forales. Para poder aplicarlo se incluye un parámetro a nivel de subempresa ("Regularizar tipo obtenido por tabla específica"). Este procedimiento se basa en la obtención de las diferencias entre las retribuciones/retenciones ideales y las retribuciones/retenciones aplicadas hasta el momento de la regularización. Una vez obtenidas las diferencias, estas se reparten entre los meses que quedan en el ejercicio modificando el tipo para llegar al final del ejercicio con las retenciones correctas.
La configuración de esta importación se apoya en la ya existente para importar incidencias, es decir, se debe crear una plantilla de importación de incidencias indicando en la cabecera que se trata de Salarios. Se debe tener en cuenta que cada concepto a importar debe estar creado y parametrizado en el convenio-categoría del trabajador para poder obtener la configuración del mismo en cuanto al tipo de cálculo, ubicación, coeficiente asociado, etc.
- Anticipos en Nómina: Se incorpora a Libra-Nóminas la posibilidad de recuperar un anticipo de forma proporcional a los días naturales de la nómina. Para aplicar este cálculo se debe marcar el check "Proporcional Días Nómina" en la configuración del anticipo del productor.El cálculo solo se aplica en nóminas normales ya que en las liquidaciones se intentará recuperar el total pendiente. En los casos de varias nóminas en el mes se ajustará el importe en la correspondiente al último tramo. En los casos en los que se cobre una extra dentro de la propia nómina normal se recuperará una parte total por la extra y la parte proporcional por los días naturales del mes correspondientes a la nómina normal.
- Registro de Jornada: Como ya es sabido con efectos de 12 de mayo de 2019 se ha instaurando el deber de la empresa de garantizar el registro diario de jornada. Este registro deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente. Para resolver el problema del personal que trabaja fuera de oficina (sin terminal de fichaje) se ha desarrollado una utilidad en el portal del empleado para permitir registrar la entrada y salida del personal con acceso al mismo así como los datos de geolocalización aproximados para cada marcaje. Estos datos integran con el módulo de Libra-Control de Presencia permitiendo la obtención de datos tanto de las terminales como del portal.
- Fusión de Cuentas de Cotización: Como viene avisándose en varios BNRs (1/2018, 2/2018, 5/2018, 4/2019), la seguridad social va a fusionar cuentas de cotización con el objetivo de que las empresas tengan un único código de cuenta de cotización por provincia y régimen, con independencia de que algunos de los trabajadores de la empresa se encuentren excluidos de cotizar por alguna prestación o contingencia (incluidos contratos 421). Se desarrollan las modificaciones necesarias para poder abordar el proceso entre las que se encuentran la configuración del TRL a nivel de contrato, modificaciones en el cálculo, cotización y afiliación.
- Enlaces Libra Nóminas - Libra Obras: Se desarrollan nuevos controles y se modifican los procesos que intervienen en los enlaces de coste entre Libra Nóminas y Libra Obras. De esta forma si en los procesos de valoración de partes existe algún productor que no tuviera partes en el periodo, Libra Nóminas se encarga de registrar su coste para evitar posibles descuadres en la obtención de la información desde Libra Obras. Por otro lado se permite incorporar nuevos tipos de nómina al proceso para poder evitar diferencias de coste en los meses que existen nóminas complementarias(L03,L90..). Con estos controles se evitan diferencias entre los módulos presentando los mismos costes entre Libra-Nóminas(Grupo/Subgrupo), Libra-Obras (Obra) y Libra-Financiera (Centro de coste).
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puede contactar con su consultor habitual.
Libra-Nómina España: Actualización 2019/03
Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación se resumen las principales adaptaciones desarrolladas:
Indicador mensual para grupo de cotización diario
Tras la obligatoriedad publicada por la Seguridad Social de que este indicador no solo debe enviarse en cotización sino que también debe cumplimentarse por afiliación se desarrollan las adaptaciones necesarias para su envío por la modalidad de remesas por fichero AFI. En el proceso de cotización se continúa enviando este indicador mediante el fichero de bases (SILTRA).
Coeficiente reductor edad de jubilación
Se adapta Libra-Nóminas permitiendo informar coeficientes reductores de edad de jubilación y modificando los procesos de cotización para cumplir con lo publicado en el BNR 1/2019 del 3 de enero de 2019. En este Boletín de Noticias RED se especifica que a partir del 1 de enero los empresarios que hayan ocupado a trabajadores a los que resulte de aplicación un coeficiente reductor de la edad de jubilación que no lleven aparejada cotización adicional deben aplicar el tipo más alto en cuanto a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que esta en el 7,15% (3,45% por IT y 3,70% por IMS). El tratamiento de estos porcentajes se realiza en base al coeficiente informado (por trabajador o por categoría), a la ocupación del productor y al CNAE de cotización indicando a nivel de cuenta de cotización.
Comunicación Convenios Colectivos
Tal y como se ha publicado en la sección de avisos RED ya se encuentran en vigor las modificaciones aprobadas respecto a la anotación de los convenios colectivos para el personal que es alta en la empresa. Cumpliendo con lo anterior han desarrollado los cambios necesarios para la comunicación de estos convenios por afiliación así como el envío de forma masiva de movimientos de tipo ACT (Anotación Convenio Trabajador) mediante la modalidad de remesas.
Incremento del 40% Contingencias Comunes para Contratos de Interinidad
El incremento del 40% de las tarifas de cotización por contingencias comunes para contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a cinco días, se aplica también a los contratos de interinidad (Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre de medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo). Cabe destacar que estos contratos de interinidad no estaban incluidos en la penalización aplicada anteriormente (36% para contratos inferiores a 7 días) y que este incremento no se aplicará al colectivo de Artistas (Régimen 0112) en base a la normativa vigente.
Programas de Formación y Prácticas no laborales o académicas
Con respecto a la dudas surgidas en cuanto a que las personas que realizan prácticas no laborales en empresas o prácticas académicas externas se confirma que pasarán a estar incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena. La entrada en vigor de estos cambios será el día primero del mes siguiente a la publicación del desarrollo reglamentario. Este cambio afectará tanto a alumnos universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como alumnos de formación profesional de grado medio o superior.
Retribución en especie exenta de retención (IRPF)
En Libra-Nóminas mediante las "Claves Adicionales para IRPF" se permite indicar los conceptos en especie que forman parte de la valoración la cual siempre se ubica en la clave de percepción del productor ("A"-Empleados por cuenta ajena en general). A partir de esta actualización se permite informar de la clave-subclave destino de la retribución permitiendo informar por ejemplo L-24, L-25 o L-26 y especificar así que las retribuciones en especie que están exentas de retención.
Devengar Importe Prorrateado (Extra) en Específicos del Trabajador
Se incorpora la posibilidad de configurar este tipo de pago a nivel de productor y código de extra evitando así tener que modificar el convenio para realizar cambios en el resultado de la extra para un productor determinado. Su configuración se realiza por fecha de validez en la sección de extras específicas para el productor.
Nomenclatura de archivos para organismos oficiales
Se modifica la nomenclatura de los archivos de envío a organismos oficiales (TGSS, AEAT y SEPE...) aplicando al nombre características identificativas de los datos que se envían en el fichero pero cumpliendo a su vez con las especificaciones aportadas por cada organismo.
Firmado/Cifrado en distribución de documentos
Se desarrolla la posibilidad de firmar y encriptar los archivos pdf que se envían por correo electrónico a los empleados así como los archivos que se suben al gestor documental para su descarga on-line. Con estas modificaciones se aplica un nivel alto de seguridad al tratamiento de estos datos cumpliendo con la legislación vigente.
Aplazamiento y acumulación de vacaciones no disfrutadas
Se realizan los siguientes ajustes en la cotización de vacaciones pendientes de disfrute (liquidación L13) en base a la información aportada por Seguridad Social:
- Al igual que en la liquidación L00 se realiza un computo de 30 días para los trabajadores con tipo de retribución mensual.
- Control de constantes a aplicar en el caso de de que los meses futuros de cotización abarquen un cambio de ejercicio.
- Se modifica el cálculo de bases mínimas aplicando el redondeo utilizado por Seguridad Social.
Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puede contactar con su consultor habitual.
Ley de Presupuestos Generales del Estado en Libra Nóminas España
Tras la aprobación y publicación de los Presupuestos Generales del Estado del pasado 4 de julio entran en vigor varios cambios que afectan al módulo de Libra-Nóminas en España. Las modificaciones más relevantes afectan a las cotizaciones y al IRPF de la siguiente manera:
Cotizaciones Sociales:
- El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado en la cuantía de 3.803,70 euros mensuales o de 126,79 euros diarios o de 165,38 euros por jornada realizada.(Art.130 Apdo.1)
- La base mínima de cotización para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que afecta también al Régimen de Artistas, pasa de 919,80 a 932,70, es decir, se incrementa 1,4% (Art.130 Apdo.5)
- Los cambios se aplican “a partir del día primero del mes siguiente al de la entrada en vigor de la presente norma”, es decir, en la nómina de agosto que es la que se cotiza en septiembre.
Nuevo Algoritmo de Cálculo del IRPF
- Se desarrollan los cambios publicados en el algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal IRPF 2018 como consecuencia de la LPGE.
- Las modificaciones introducidas no van a afectar a todo el colectivo de trabajadores, sino a los que se encuentren en alguna (o varias) de las siguientes situaciones:
- Que sus rendimientos netos del trabajo en 2018 (una vez aplicadas, en su caso, las reducciones por irregularidad) no superen los 16.825 euros anuales.
- Residentes en Ceuta o Melilla que, a lo largo del ejercicio 2018, hayan obtenido rendimientos del trabajo en dichas ciudades que puedan beneficiarse de la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla del art. 68.4 LIRPF.
- Que se trate de contribuyentes que hayan obtenido a lo largo del ejercicio 2018 rendimientos íntegros anuales no superiores a 22.000 euros y proceda aplicarles el límite establecido en el artículo 85.3 del RIRPF sobre la cuota de retención (límite que se ve afectado por los nuevos límites excluyentes de la obligación de retener).
Estos cambios se aplican a partir del 5 de Julio de 2018.
Para poder incorporar las modificaciones anteriores es necesario aplicar una actualización del módulo Libra-Nóminas.
Recursos Humanos no solo es gestión de nóminas
Uno de los principales temores de los directivos a la hora de implantar un proyecto IT es que, a menudo, este tipo de proyectos suelen demorarse más tiempo de lo previsto y, por lo tanto, acaban costando más de lo que estaba inicialmente presupuestado.
Los problemas que se derivan de la puesta en marcha de un proyecto de tal envergadura son bastante similares, aunque no tengan nada que ver uno con otro. A continuación se destacan cuáles son los errores más comunes a la hora de implementar una estrategia IT, así como, algunos consejos para evitarlos.
ERROR 1: No dividir un proyecto grande en partes más pequeñas:
Dividir un proyecto en partes más pequeñas y manejables hará que el personal implicado se sienta más cómodo y seguro. Para evitar que el equipo se sobrecargue ante un proyecto de grandes dimensiones, es bueno dividirlo en partes más pequeñas que, a su vez, se desglosan en tareas. Cada tarea deberá ser adjudicada al miembro del equipo más adecuado para realizarla.
ERROR 2: No se cuenta con todo el equipo para establecer objetivos intermedios
Es bueno realizar una reunión inicial con todas las partes que participarán en el proyecto. Que todo el equipo sepa qué funciones desempeña cada uno, quién son los responsabilidades y cuáles son las entregas, hace que el equipo sea más autónomo, auto-organizado y tenga una perspectiva más global y compacta del conjunto.
ERROR 3: No priorizar proyectos y tareas
Los departamentos IT, en ocasiones, llevan a cabo varios proyectos al mismo tiempo sin marcar qué proyectos o tareas tienen prioridad. Es importante que el responsable establezca prioridades y comunique los cambios.
ERROR 4: No tener en cuenta que la gestión de proyectos también incluye la gestión de personas
La falta de gestión de los miembros del equipo que afrontan un proyecto lleva a retrasos, disminución de la calidad y costos más altos. Para evitarlo, el responsable debe asegurarse que todos entiendan cuál es su papel y por qué es importante para conseguir el éxito del proyecto. Además, debe establecerse un control periódico para llevar un seguimiento.
ERROR 5: Dejar que los cambios se produzcan de manera descontrolada
Los cambios que se efectuen en un proyecto deberán estar alineados con la visión global. Antes de realizar alteraciones habrá que definir claramente los objetivos, así como identificar los factores de éxito.
ERROR 6: No utilizar una herramienta de gestión de proyectos
Para mantener el control sobre los proyectos, es importante ayudarnos de herramientas de gestión de tareas que nos proporcionan una visión global del estado del proyecto y de su evolución. Cabe destacar que la documentación de cada proyecto debe estar al día e ir actualizándose siempre que lo requiera. Saltarse este paso podría derivar en muy malas consecuencias, como por ejemplo, la duplicidad del trabajo.
ERROR 7: No cambiar las cosas cuando van mal
Es muy importante generar informes que suministren a los ejecutivos la información que necesitan para tomar las decisiones más oportunas en cada momento y, así, poder aprovechar las oportunidades o esquivar las amenazas que se van interponiendo en el transcurso del proyecto. No identificar lo que va mal en el momento preciso puede acarrear consecuencias fatales.























