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Libra Nóminas España: Actualización 2024/07

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:

Algoritmo de Cálculo para la Retención del IRPF

El pasado día 28 de junio entró en vigor la aplicación del nuevo algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal IRPF 2024 obtenidos a partir de esta fecha. Esta versión Libra-Nóminas contiene los cambios necesarios para poder calcular y regularizar los tipos de retención en función de los nuevos cambios publicados.

Fichero FIE v4.0

Se adapta el fichero FIE (fichero INSS Empresas) a la versión 4.0 activa desde el pasado 11 de junio de 2024. Para responder a las novedades de esta versión se hace necesario cargar el último esquema del fichero y actualizar Libra-Nóminas a la última versión. Los procesos de gestión de la información han sido modificados para compatibilizar el tratamiento de las distintas versiones de ficheros ubicados en Libra con independencia de la fecha y esquema en que hayan sido recibidos.

Contratos de Formación en Alternancia (Fase III)

A partir del pasado 1 de junio, la Seguridad Social implantó la fase III para el cálculo de las cuotas de los contratos formativos en alternancia según lo previsto en el ordinal 2º del apartado 1 de la disposición adicional cuadragésimo tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esta fase trae consigo varias peculiaridades para la cotización de estos contratos entre las que destaca la incorporación de un tipo de cotización mixto en el que las cuotas fijas aplicadas hasta este momento convergen con las cotizaciones porcentuales aplicadas al exceso de base establecido para el grupo 7. Libra-Nóminas se encuentra adaptada a estos cambios permitiendo la configuración de las distintas modalidades activas para la formación.

Fichero FDI

Tras la entrada en vigor de la normativa que suprime la obligación de las empresas de enviar al INSS los partes de confirmación y de alta, se mantiene únicamente el envío de datos económicos contenidos en los partes de baja. A tal efecto se adapta el fichero FDI en Libra-Nóminas a los nuevos requerimientos incidiendo especialmente en el envío de forma obligatoria de la información correspondiente al puesto de trabajo y a las funciones desempeñadas por el afectado.

Planes de Pensiones de Empleo Simplificados

El sector de la construcción, regulado mediante el VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, se ha convertido en el primer sector en aplicar de forma obligatoria los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados. Con la previsión de que estos mecanismos de ahorro para la jubilación vayan arrastrándose a nuevos sectores y con la experiencia en la configuración de estos planes en nuestros clientes, se han realizado varias mejoras en el área de cálculo, cotización y comunicación facilitando así la gestión del proceso a los usuarios.

Cotización Adicional de Solidaridad

Según las modificaciones publicadas en el RD 322/2024, el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social incorporará a partir del 1 de enero de 2025 una cotización adicional de solidaridad para las retribuciones abonadas a los trabajadores que superen el tope máximo de cotización.
Estos recargos a la cotización se irán incrementando progresivamente desde el 0,92 por ciento aplicable en 2025 hasta el 7 por ciento aplicable en 2045.
De forma paralela a Seguridad Social, desde Edisa estamos trabajando en los desarrollos necesarios para dar solución a estos requerimientos lo cuales sufrirán diversos cambios en los próximos meses antes de su definitiva implantación en 2025.

Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.


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Libra Nóminas España: IRPF en 2024

El próximo ejercicio 2024 arrancará con novedades en el cálculo y la gestión del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas entrando en vigor varios cambios legislativos publicados a lo largo de este ejercicio. Las modificaciones más relevantes en el área laboral se resumen a continuación:

Modelo 190

La Orden HFP/1286/2023, de 28 de noviembre aprueba los cambios en el Modelo 190 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas). La principal novedad en este modelo está referenciada a lo previsto en el artículo 10.1.f) segundo párrafo del convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra y en el artículo 7.uno.c) segundo párrafo del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco donde se requiere que cuando se trate de rendimientos del trabajo de Administradores, miembros de Consejos de Administración y órganos representativos que sean sujetos pasivos por el Estado y las Diputaciones Forales, se debe especificar y presentar de forma separada el sumatorio de las "Retenciones practicadas" e "Ingresos a cuenta efectuados". Este requerimiento trae consigo cambios en la obtención de datos y en la estructura del fichero de comunicación a utilizar en el envío de datos correspondientes a este ejercicio (2023) a lo largo de enero de 2024.

Modelo 296

La Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre aprueba los cambios a aplicar en el Modelo 296 (Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes). Los artículos anteriormente mencionados para el modelo 190 afectan también a los rendimientos del trabajo de Administradores, miembros de Consejos de Administración y órganos representativos cuando no tienen establecimiento permanente. La presentación del modelo anual para 2023 debe realizarse con este modelo actualizado.

Modelo 216

El Modelo 216 (IRNR. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente) se ve modificado por los cambios publicados por el Departamento de Informática Tributaria que inciden en diferenciar las percepciones correspondientes a la clave 1 (Dividendos...) del resto de claves. El formato de envío de los datos también se ve afectado incorporando nuevos campos frente a la versión anterior. La vigencia de este formato comienza en 2024 para las precepciones y retenciones registradas a partir de enero.

Modelo 345

La Orden HFP/528/2023, de 22 de mayo presenta los cambios necesarios en el Modelo 345 (Declaración Anual de partícipes, aportaciones y contribuciones a Planes, Fondos de Pensiones y Sistemas Alternativos. Mutualidades de Previsión Social, Planes de Previsión Asegurados, Planes individuales de Ahorro Sistemático, Planes de Previsión Social Empresarial y Seguros de Dependencia). En este caso se crean las nuevas claves de percepción (M y L) y se recodifican las subclaves dependientes. El formato del fichero cambia su estructura e incluye los campos e indicadores necesarios para el envío de las aportaciones a las nuevas claves y subclaves creadas. Este formato debe ser cargado con anterioridad al envío de la declaración correspondiente a 2023.

Cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF

Se integra el nuevo algoritmo de cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo del ejercicio 2024. Junto a este cambio se modifica la consulta detallada de la regularización de IRPF presentada facilitando así la visualización y el control de los datos utilizados en el cálculo.

Se implementan además nuevas utilidades para el tratamiento manual del IRPF en procesos anexos al cálculo de nómina como la posibilidad de importar tipos de retención desde fichero o la de registrar los tipos de retención calculados desde una entrada de cotización.

Todos los cambios indicados se han agregado a la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.


libra-nominas-espana-2023-08

Libra Nóminas España: Actualización 2023/08

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:

Bonificaciones y Reducciones

El próximo 1 de septiembre de 2023 entrarán en vigor nuevas medidas publicadas en materia de incentivos a la contratación (RDL 1/2023), así como la activación de numerosos colectivos para la bonificación y reducción de cuotas.

A tal efecto se implementan tres nuevos tipos de cálculo:

  • Bonificaciones de cuotas fijas a las cotizaciones del productor: Hasta este momento las cuotas fijas a bonificar solo aplicaban a las cotizaciones de la empresa.
  • Bonificaciones en función del mes de nómina: Determinados colectivos bonificarán solo en meses concretos dentro del ejercicio.
  • Bonificaciones Maternidad/Paternidad: Se incorpora la posibilidad de bonificar sobre un importe mes en lugar de aplicar un cálculo porcentual.

Se adaptan las distintas áreas de configuración de bonificaciones/reducciones:

  • Contrato del productor: para bonificaciones/reducciones porcentuales de forma general, así como reducciones por edad de jubilación o asignación de colectivo determinado.
  • Colectivo asociado al productor: para bonificaciones/reducciones de importe fijo en general.
  • Relación Laboral de Carácter Especial: para bonificaciones especiales asociadas a esta relación.
  • Situación Laboral: Para bonificar en determinadas situaciones de convenio indicadas por la Seguridad Social.

Se incorporan también los nuevos valores publicados por seguridad social para codificar estas reducciones (incapacitado readmitido, condición de desempleado, exclusión social, relación laboral de carácter especial, causas de sustitución y colectivos bonificados).

Base Reguladora Paternidad/Maternidad

El Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo (con efectos de 17 de mayo de 2023), modifica el art. 248.1.b) de la LGSS que hace referencia al cálculo de la base reguladora de la prestación de nacimiento y cuidado de menor de las personas con contrato a tiempo parcial, fijos discontinuos y del sistema especial agrario que coticen menos de 22 jornadas reales al mes. Se realizan las adaptaciones necesarias en el cálculo de Libra-Nóminas para responder al cambio normativo.

Situaciones Especiales de IT

La disposición final tercera de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero que modifica la LGSS incluye tres nuevas situaciones especiales de Incapacidad Temporal que son:

  • IT por menstruación incapacitante secundaria
  • IT por interrupción voluntaria del embarazo
  • IT por gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena.

Las situaciones indicadas como interrupción voluntaria del embarazo y gestación de la mujer trabadora comparten la característica de que el primer día de la IT cuenta como trabajado y la empresa debe abonar salario. Este tratamiento más propio del AT/EP, se aplica de forma novedosa a estas situaciones afectando a los procesos de composición de tramos de cotización (SILTRA), pago de prestaciones y tratamiento de conceptos de nómina.

Días sin prestación en Incapacidad Temporal

Se incluye la posibilidad de registrar, consultar e imprimir en nómina los días de situación de Incapacidad Temporal que no llevan asociada prestación. De esta forma el recibo de salarios es más detallado en cuanto a los tramos de IT, facilitando una mayor compresión del mismo por parte del trabajador. Para este cometido es necesario activar el correspondiente parámetro de la cuenta de cotización.

Fichero FIE Versión 3.0.

Se adapta el fichero FIE (fichero INSS Empresas) a la versión 3.0 activa desde el pasado 19 de julio de 2023. Para responder a los cambios publicados de esta versión se hace necesario cargar la nueva estructura de fichero FIE en Libra-Nóminas. Los procesos de gestión de la información recibida como la comparativa de situaciones Libra-INSS o el visor de mensajes RED se adaptan a la nueva información.

Contratos Formativos en Alternancia

Se desarrollan las especificaciones indicadas en la nueva disposición adicional cuadragésimo-tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social -LGSS- relativa a la cotización de los contratos formativos en alternancia. Los cambios normativos en materia de cotización se están implementando en tres fases:

  • Fase 1: Esta fase no lleva consigo cambios relevantes. El cálculo se realiza como se venía haciendo hasta ahora, es decir, por cuotas fijas en el mes y con las mismas peculiaridades de cotización.
  • Fase 2: En esta fase la Seguridad Social está solicitando las bases de cotización como concepto de entrada, es decir, se debe enviar la base total en función de las retribuciones. Los cálculos realizados por seguridad social en esta fase continúan aplicando una cuota fija al mes.
  • Fase 3: Esta es la fase en la que cambiará el coste de la empresa, es decir, la fase en la que Seguridad Social comienza a aplicar el cálculo de acuerdo con la nueva normativa incrementando a los importes fijos del mes, un incremento porcentual al exceso de la base mínima.

Libra-Nóminas ya dispone de las modificaciones necesarias para el próximo paso a la fase 3. Se recuerda que los cambios en la configuración deben realizarse con antelación al cálculo de la nómina del mes en que se entre en esta última fase.

Seguridad Social para Alumnos en Prácticas

En el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio se aprueba la inclusión, en el sistema de la Seguridad Social, de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. Estas prácticas las diferenciaremos en dos tipos generales:

  • Prácticas formativas remuneradas: Serán gestionadas con el tipo de cotización indicado en el punto anterior (Contratos de formación en alternancia), es decir, se cotizará un importe fijo al mes junto con el resultado de aplicar los correspondientes porcentajes al exceso de la base mínima.
  • Prácticas formativas no remuneradas: Estas prácticas pasarán a cotizar por un importe fijo diario.

Las características publicadas de este tipo de prácticas no remuneradas llevan consigo cambios en las áreas de cálculo, afiliación y cotización a la seguridad social. De forma resumida las novedades son:

  • Se calcula una cuota empresarial por cada día de prácticas formativas. No hay cotización por parte del productor.
  • La base de cotización aplicable a efectos de prestaciones es el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 por el número de días de prácticas realizadas con el límite de la base mínima del grupo 7.
  • Solo tiene pago delegado en Accidente/Enfermedad Profesional (contingencias profesionales). Cada día de prácticas se considera como 1,61 días cotizados con el límite de los días del mes correspondiente. Existen otros tipos de coberturas en modalidad de pago directo.
  • Es obligatorio comunicar a la TGSS por afiliación el número de días de prácticas realizados. Si el productor está en situación se debe enviar los días previstos.
  • El plazo de ingreso de cuotas es trimestral, se debe enviar fichero de bases con tramos de IT después de haber informado por afiliación los días de prácticas.
  • La base reguladora de IT por contingencias profesionales para el pago delegado se calcula como el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior a la fecha de iniciación de la IT por AT/EP (calculada en función de los días de prácticas realizados) por el número de días de alta en dicho mes (no por el número de días de prácticas).

Estas adaptaciones han sido realizadas en base a las últimas publicaciones oficiales, no obstante, se prevén diversos cambios por Seguridad Social al respecto antes de ser definitivamente activados.

Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.


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Libra Nóminas España: Actualización 2023/04

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:

Bases mínimas de cotización para 2023

La Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo desarrolla las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023. Estos cambios se aplican a partir de la nómina de marzo, es decir, en el proceso de cotización que se realiza a lo largo del mes de abril por lo que Libra-Nóminas debe estar configurado antes del inicio de esta cotización para los casos en los que el productor se encuentre en base mínima. La regularización de las liquidaciones de cuotas ya presentadas respecto de los períodos de liquidación de enero y febrero de 2023 se realizará posteriormente por lo que no se debe presentar liquidaciones complementarias.

Gestión y control de procesos de IT

El RD 1060/2022, de 27 de diciembre, con vigencia desde el 1 de abril de 2023, modifica el RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por IT en los primeros 365 días de su duración. Esta modificación normativa introduce importantes cambios en las obligaciones que, hasta ahora, tenía el trabajador cuando se encontraba en situación de IT. Las principales novedades incorporadas son:

  • El facultativo que expide los partes médicos de IT únicamente entregará al trabajador una copia de estos, suprimiéndose, por tanto, la obligación del trabajador de recibir y presentar la copia que estaba destinada a la empresa. A partir de ese momento, la forma que tendrán las empresas de conocer los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta será a través de los Ficheros INSS Empresas (FIE).
  • Las empresas deberán remitir al INSS los datos económicos (bases de cotización, CCC...) únicamente en los partes de baja y, siempre y cuando, exista en la base de datos del INSS un parte de baja que previamente haya sido comunicado a la empresa mediante el fichero FIE.

Para facilitar este cambio a los usuarios, Libra-Nóminas incorpora la posibilidad de importar y gestionar la información recibida desde la Seguridad Social para detectar y acceder a los productores sobre los que se debe actuar.

Aunque la fuente principal de la información pasa del productor al INSS, el usuario, ante cualquier discrepancia o duda, deberá manejar también la información contenida en los distintos actores del proceso de IT (Libra, TGSS, INSS, Trabajadores, Mutuas...)

En relación al envío de datos en el mensaje de comunicación FDI, desaparecen las opciones actuales de "Altas" y "Confirmaciones de Baja" y aparece un nuevo movimiento "Datos Económicos" gestionado en la integración LIBRA-SILTRA.

Planes de Pensiones de Empleo

La Disposición final cuarta de la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo, modificó la Ley General de la Seguridad Social, incorporando una nueva disposición adicional sobre reducciones de cuotas de las contribuciones empresariales a los planes de empleo. Este cambio legislativo se materializa mediante una reducción en las cuotas por contingencias comunes a las empresas que realizan aportaciones a los planes de pensiones, en su modalidad de sistema de empleo (PPE).

Para la aplicación de estas reducciones se han realizado los correspondientes cambios en Libra-Nóminas que afectan a la configuración de los conceptos, al cálculo de nómina y a los ficheros de comunicación SILTRA (AFI, CRA, Fichero de Tramos, Fichero de Bases y Fichero de Cálculos). De esta forma, si el usuario decide aplicar estas reducciones, debe enviar estas aportaciones mediante el fichero AFI antes de iniciar el proceso de cotización. Tras esta comunicación, tal y como solicita la Seguridad Social, se debe enviar el fichero de bases incorporando las bases actuales junto con las bases reducidas en los importes abonados para finalmente incluir la reducción y enviar el resultado a la empresa mediante el fichero de cálculos.

Se recuerda que el importe máximo de estas contribuciones a las que se aplica la reducción es el que resulta de multiplicar por trece la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de dichas contingencias.

IRPF a partir de febrero de 2023

Se implementa y distribuye el algoritmo de cálculo del IRPF a aplicar a partir del mes de febrero de 2023 publicado por el Departamento de Informática Tributaria de la AEAT.

Las modificaciones normativas incorporadas se aplican para el cálculo del tipo de retención en relación con los rendimientos del trabajo que se satisfacen a partir del 1 de febrero de 2023, regularizando si procede el tipo de retención aplicado en meses anteriores. Por otro lado, se incorpora la configuración necesaria para reflejar en nómina, de forma automática, las retenciones del IRPF que son asumidas por la empresa, tanto en percepciones dinerarias como percepciones en especie.

Código Nacional de Ocupación (CNO)

El Real Decreto 504/2022, de 27 de junio, modifica, entre otros aspectos, el artículo 30 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, y establece la obligatoriedad de informar de la ocupación laboral desempeñada por el trabajador con arreglo a la Clasificación Nacional de Ocupaciones.
Como respuesta a este requerimiento se incorpora esta ocupación a los circuitos de alta del empleado de Libra-Nóminas. Para facilitar la entrada y gestión de la información se permite establecer valores por defecto a distintos niveles y se adaptan también los procesos de afiliación (fichero AFI) incorporando el C.N.O a los movimientos gestionados.

Garantizados Brutos en Retribución Mensual

Continuando con la evolución del cálculo de garantizados se incluye la parametrización necesaria para aplicar el cálculo a 30 días en los garantizados de nómina de productores con retribución mensual. De esta forma los importes pagados se referencian a los días de cotización evitando, si es necesario, el cálculo por días naturales.

Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.


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Libra Nóminas España 2023

Como todos los inicios de ejercicio, este año 2023 viene acompañado de cambios en materia laboral que deberán ser aplicados en Libra-Nóminas para la correcta gestión de los procesos con las administraciones públicas. Las novedades más relevantes son:

Presupuestos Generales del Estado para 2023

La publicación de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 trae consigo cambios en las cotizaciones sociales que deberán aplicarse desde el cálculo de la nómina de enero de 2023. A tal efecto se establece el tope máximo de la base de cotización en cada uno de los regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido en la cuantía de 4495,50. Las bases mínimas de cotización se incrementarán en el mismo porcentaje que el SMI por lo que no serán conocidas hasta la publicación del mismo.

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Conforme a lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, a partir del 1 de enero de 2023 se efectuará una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación. Estas cotizaciones distribuidas entre la empresa (0,5%) y el productor (0,1%) serán implementadas en Libra-Nóminas siguiendo las instrucciones que publicará la Seguridad Social próximamente.

Retenciones del IRPF 2022-2023

Se aplica en Libra-Nóminas el algoritmo publicado por la AEAT activo desde Enero de 2023. Estos cambios se aplican de forma provisional, supeditado a la aprobación del Proyecto de Ley General de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 y del Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del impuesto para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones.

Por otro lado, tras la reducción del IRPF en las diputaciones forales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya se crean las nuevas tablas del IRPF para el último tramo del ejercicio 2022 e inicio de 2023

Modelo 190

Se aplican en Libra-Nóminas las modificaciones publicadas por la AEAT para la presentación del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta del ejercicio 2022.

Regularización de Diferencias de Cotización (Orden PCM/244/2022)

La Seguridad Social ha iniciado el proceso de actualización de las cuotas de enero y febrero de 2022 a causa los cambios realizados con carácter retroactivo sobre el Salario Mínimo Interprofesional y sus dependientes (bases mínimas, contratos de formación, etc).

El proceso de regularización lo inicia la TGSS enviando el código de liquidación rectificada junto con los ficheros SILTRA asociados a la nueva liquidación (RNT, DCL, etc). Libra-Nóminas recibe de forma automática esta información permitiendo al usuario realizar los cambios necesarios para regularizar la situación. Se recuerda que tal y como especifica la Seguridad Social, el pago de las diferencias debe realizarse mediante el documento TC1/31 a través del servicio de «consulta y obtención de recibos fuera de plazo» en la oficina virtual del sistema RED.

Trabajadores Relevistas (Artículo 215.2.e de LGSS)

Tras la activación por parte de la Seguridad Social del control de bases de cotización para verificar la correspondencia entre la base del trabajador relevista y la base del jubilado parcial, se aplican las modificaciones necesarias en Libra-Nóminas para obtener y presentar al usuario la base mínima mensual que se tendrá en cuenta para el cálculo de la cotización.

Para identificar posibles anomalías, Libra-Nóminas alertará al usuario si existen diferencias entre la información generada en Libra y los datos recibidos de la Seguridad Social.

El tratamiento realizado por la Seguridad Social para estos productores indica que sólo enviará los datos de cálculo del productor si las bases enviadas son coherentes; en caso contrario, el usuario recibirá el correspondiente error como respuesta al fichero de bases en SILTRA.

Si por cualquier motivo se hace necesario modificar una base de cotización se utilizarán las opciones actuales disponibles en Libra-Nóminas.

Contratos Fijos Discontinuos y Llamamientos a la Actividad (RDL 32/2021)

Con la finalidad de facilitar la gestión del cambio en la contratación temporal resultado del Real Decreto-ley 32/2021, se incorpora el tratamiento de los procesos de llamamiento a la actividad de contratos fijos discontinuos en la gestión de la contratación del empleado. De esta forma se adapta Libra-Nóminas para el envío al SEPE (Contrat@) de estos llamamientos  permitiendo el control de los envíos de forma diferenciada entre contratos, prórrogas, transformaciones, llamamientos a la actividad o copias básicas.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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Libra Nóminas España: Actualización 2022/07

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:

Contrat@ para las modalidades 406, 506 y otros contratos temporales

Con posterioridad a la activación de la Reforma Laboral de 2022 (RDL 32/2021) y tras la finalización definitiva de los contratos por obra y servicio, eventuales o contratos de interinidad sujetos la legislación anterior (31/03/2022), el Servicio Público de Empleo ha implementado cambios adicionales en numerosos contratos que implican la necesidad de actualizar los formatos pdf y plantillas xml utilizados desde Libra-Nóminas para su impresión y comunicación. Los más relevantes son:

  • Aparecen nuevas plantillas para el envío al SEPE de los contratos 406 y 506 (contratos temporales vinculados a programas financiados con Fondos Europeos).
  • Se cambia el tratamiento para el indicador «Convenio Colectivo» para reflejar si el contrato se ampara en la existencia de un convenio colectivo que autorice otras duraciones fuera del límite establecido. Afecta a los contratos:
    • 402: Por circunstancias de la producción a tiempo completo
    • 502: Por circunstancias de la producción a tiempo parcial
    • 450: Situación de exclusión social a tiempo completo
    • 550: Situación de exclusión social a tiempo parcial
    • 421: Formación en alternancia
  • Se crean los campos necesarios para indicar si el contrato se acoge o no al Plan de Transformación, Recuperación y Resilencia. Campos obligatorios que afectan a los contratos:
    • 420: Formativo para la obtención de la práctica profesional a tiempo completo
    • 406: Duración determinada financiado con fondos europeos tiempo completo
    • 506: Duración determinada financiado con fondos europeos tiempo parcial

Regularización de Diferencias de Cotización de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2021

La Seguridad Social ha iniciado el procedimiento para la regularización de las cuotas resultantes de la modificación de bases para septiembre, octubre y noviembre de 2021 como consecuencia de los cambios en el SMI (Orden PCM/121/2022, de 24 de febrero, que modifica el apartado 1 de la disposición transitoria segunda de la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre).

Este trámite ha comenzado con las liquidaciones de cuotas presentadas en el mes de octubre de 2021 (período de liquidación de septiembre de 2021) y continuará progresivamente, con las liquidaciones de cuotas presentadas en los meses de noviembre y diciembre de 2021 (períodos de liquidación de octubre y noviembre de 2021).

Para la correcta revisión de la información obtenida en el proceso, Libra-Nóminas permite la recepción del fichero con los datos de la liquidación rectificada, así como la Relación Nominal de los Trabajadores (RNT) y el Documento de Cálculo de la Liquidación (DCL) correspondiente. Se recuerda que si el resultado de la liquidación es inferior al inicialmente calculado el usuario debe solicitar la devolución de cuotas ingresadas por el procedimiento habitual en caso contrario se debe obtener el documento TC1/31 a través de la oficina virtual del sistema RED.

Enfermedad/Accidente: Fusión de Tramos en Recaídas

Se modifica la generación de tramos de cotización para que evitar la fusión de tramos en situaciones de recaída de Accidente Laboral o Enfermedad Profesional.

De esta forma se sigue el tratamiento realizado por la TGSS en la generación de tramos de cotización que indica que cuando se trate de una situación de recaída por Enfermedad Común o Accidente No Laboral se fusionarán los tramos de prestación que tengan las mismas características; mientras que si se trata de una situación de Incapacidad Temporal por recaída por Accidente Laboral o Enfermedad Profesional no se fusionan los tramos de prestación ya que el día de la recaída se contemplará como trabajado (sin prestación).

Para los casos excepcionales que puedan surgir Libra-Nóminas admite parametrización adicional que modifica la aplicación de la norma general.

Indicador RED en el Cálculo de Atrasos

Se incluye la posibilidad de seleccionar el indicador RED al configurar un cálculo de atrasos lo que permite enviar el motivo del mismo en la comunicación con la TGSS. Este indicador afecta principalmente al Fichero de Bases (FBS) y al Fichero de Retribuciones (CRA). Si no se informa de este indicador, se asumirá el valor 0009 (Retribución por Atrasos de Convenio).

Obtención de Costes del Productor

Se incrementan las opciones de cálculo de costes de laboral permitiendo la obtención del coste del productor en función de los días y porcentaje de asignación del productor a cada centro de coste. Con estas opciones aumentan las posibilidades del cálculo de costes evitando el procesado de partes de trabajo.

Se permite también la asignación de un importe fijo del coste del productor a un centro determinado por lo que el desglose porcentual se ve modificado no solo por las horas o la asignación del productor al centro, sino por los importes asignados de forma directa a dicho centro.

Estas adaptaciones afectan a la obtención del coste de laboral con independencia del módulo en el que sea explotado (Libra-Nóminas, Libra-Financiera, etc.)

Cotizaciones Manuales

Continuando con el incremento de funcionalidades aplicadas a la «Entrada Manual de Cotización» se realizan las siguientes modificaciones:

  • Se permite la selección del tratamiento en caso de que la base de cotización exceda del tope de forma que se puede incluir o evitar que este exceso sea objeto de reparto en los tramos no topados.
  • Se aumentan los controles de pagos realizados en el caso de que el usuario decida borrar nóminas asociadas a la entrada de cotización.
  • En el caso de liquidaciones deudoras de cara al productor se informa al usuario de diferencias ya recuperadas en nómina.
  • Se habilita la posibilidad de indicar el concepto de devengo a utilizar en el reparto de bases. Este concepto será el que componga el importe bruto de cada nómina resultante.
  • Se incluyen nuevas opciones de importación de bases desde un archivo local.

Seguridad Social: Especificaciones Técnicas SLD

Con fecha 01/07/2022 la Seguridad Social ha modificado las especificaciones técnicas del Sistema de Liquidación Directa en los ficheros xml de comunicación:

  • Fichero de Bases (FBS)
  • Fichero de Respuesta (STTR, SCLR, FBSR, SCNR, SBOR)
  • Fichero de Solicitud de Borrador (SBO)
  • Fichero de Solicitud de Cálculos (SCL)
  • Fichero de Solicitud de Confirmación (SCN)
  • Fichero de Solicitud de Trabajadores y Tramos (STT)
  • Fichero Documento Calculo Liquidación (DCL)
  • Fichero Relación Nominal de Trabajadores (RNT)
  • Fichero Trabajadores y Tramos (FTT)
  • Fichero de Consulta Trabajadores Rectificados (CTR)

Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

Encuentra más información de LIBRA Nómina:

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Libra Nóminas España: Cambios TGSS y SEPE (abril 2022)

El pasado día 31 de marzo, se publicó la Orden PCM/244/2022 por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2022.

Esta orden trae consigo, entre otros aspectos, los topes mínimos de cotización a aplicar desde la nómina de marzo, es decir, vigentes en la cotización que se realiza en este mes de abril. Por este motivo se hace necesario configurar las constantes anuales del sistema en Libra Nóminas, así como realizar el recálculo de las nóminas que se encuentren por debajo de estos nuevos topes. A tal efecto, la Seguridad Social está informando de los productores afectados por estas nuevas bases mínimas en la respuesta al fichero de bases recibida mediante SILTRA.

Otro aspecto importante para este mes de abril es la publicación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal de los nuevos contratos de trabajo. Estos modelos de contrato han sido modificados al amparo de los cambios normativos publicados en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

Los cambios en la contratación afectan tanto a las plantillas en formato pdf como a los esquemas xsd utilizados para el envío de los ficheros a Contrat@ por lo que los usuarios de Libra Nóminas deben tener el sistema actualizado para el correcto envío de los datos al SEPE.

Los nuevos códigos de contrato, al no estar gestionados por la Seguridad Social en los procesos de afiliación, deben apoyarse en los colectivos asociados al mismo de la siguiente manera:

  • Los contratos 407 y 507 (contrato régimen artistas duración determinada) deberán enviar los códigos 402 y 502 respectivamente e indicar uno de los siguientes colectivos:
    • 971. Contrato laboral artístico de duración determinada
    • 972. Contrato laboral no artístico de duración determinada
  • Los contratos 406 y 506 (contrato de duración determinada vinculado a los programas financiados con fondos europeos) deberán enviar los códigos 401 y 501 respectivamente asociando el colectivo:
    • 970 – Administraciones públicas. Plan de recuperación, transformación y resiliencia.
  • Los contratos 405 y 505 (contrato para la mejora de la ocupabilidad y la inserción laboral) deben enviar los códigos 401 y 501 respectivamente con el colectivo:
    • 969 – Administraciones públicas/Entidades sin ánimo de lucro. Programas activación Empleo.
  • Los contratos ya existentes 402 y 502, deben especificar también de forma obligatoria el colectivo indicando uno de los siguientes valores:
    • 969 – Administraciones públicas/Entidades sin ánimo de lucro. Programas activación Empleo
    • 967 – Circunstancias de la producción

Para el registro del colectivo asociado al contrato en Libra Nóminas se modifica el maestro de contratos con la posibilidad de registrar el colectivo para poder ser enviado en el fichero de afiliación.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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Libra Nóminas España: Cambios aplicados por la Tesorería General de la Seguridad Social

El marco laboral resultante de la aprobación de los últimos cambios legislativos (Reforma Laboral, Reforma Pensiones, LPGE, SMI…) lleva consigo la aplicación de importantes modificaciones en los procesos de cálculo, cotización, afiliación y comunicación con la Tesorería General de la Seguridad Social.  A continuación, se resumen los cambios más relevantes:

Salario Mínimo Interprofesional 2022

El Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, fija el nuevo salario mínimo interprofesional para el ejercicio 2022 en un importe mensual de 1000 euros. Esta subida del SMI debe indicarse en las constantes anuales de Libra-Nóminas con fecha 01/02/2022.

Las bases mínimas de cotización, referenciadas al SMI, todavía no han sido publicadas de forma oficial por lo que no deberán informarse en el sistema hasta su publicación.

Se recuerda que tal y como indica la TGSS, no deben presentarse liquidaciones complementarias para la regularización de estos importes ya que se actualizarán las liquidaciones de forma masiva de la misma forma que para las diferencias generadas por el SMI en septiembre y octubre de 2021. Las cuotas resultantes de esta actualización podrán ser ingresadas sin recargo.

IT para mayores de 62 años

La nueva redacción del apartado 4 del artículo 144 de la LGSS (modificado por el artículo 1.2 de la Ley 21/2021 del 28 de diciembre) indica que con efectos a partir de 01/01/2022 se establece el derecho a una reducción del 75% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años. En relación a esta reducción, la Seguridad Social ha estimado aplicarla a partir del 18/02/2022 y sin previo aviso por lo que los usuarios que hayan confirmado las liquidaciones de enero y/o febrero sin esta reducción pueden solicitar la devolución de ingresos indebidos.

Además, se informa a estos usuarios que deben configurar las situaciones de convenio para comenzar a aplicar esta reducción, utilizando la comparativa de cálculos Libra-TGSS para comprobar el cuadre de los costes.

Actualización de la liquidación de cuotas fuera de plazo.

La Seguridad Social ha comenzado a aplicar lo que ya viene avisando estos últimos meses en cuanto a la actualización de oficio de liquidaciones de cuotas ya presentadas.

Este procedimiento de remisión de información especificado en BNR 7/2021 de 10 de diciembre de 2021, implica el envío a la TGSS, por parte del autorizado al Sistema RED, de los datos necesarios para permitir el recálculo completo de las liquidaciones de cuotas que sean objeto de comprobación.

Estas liquidaciones, aunque corresponden a periodos ya cerrados, deben tratarse de la misma manera que si se tratase de liquidaciones en plazo.

Libra-Nóminas incorpora la posibilidad de enviar los datos necesarios de la liquidación en el fichero de bases permitiendo cumplir del requerimiento establecido a los empresarios (Artículo 36 de la LGSS).

Cotización adicional en contratos de duración determinada

En relación a los cálculos de la penalización para los contratos temporales de duración inferior a 30 días (Artículo 151 de la LGSS) se han incorporado nuevos casos capturados durante la cotización del mes enero. En la última actualización de Libra-Nóminas se cargan los cambios necesarios para abordar estos casos de forma trasparente al usuario y sin necesidad de incluir nueva parametrización.

Para el registro del valor de esta la penalización se utiliza el elemento CA11 y queda disponible para su explotación como cualquier otro elemento calculado. Por otro lado, se recuerda que esta penalización sustituye el recargo del 40% sobre las contingencias comunes de la empresa vigente hasta el 31/12/2021.

Siltra 3.1.0 y siguientes

La Seguridad Social viene avisando de los cambios en las validaciones de formatos incluidos en las versiones de SILTRA 3.1.0 y siguientes. Este cambio afecta principalmente a los ficheros AFI y FDI ya que pasan a validarse de forma estricta en cuanto a la alineación, relleno de campos y caracteres admitidos.

Esta versión de Siltra, disponible desde el 04/02/2022, también aplica nuevos esquemas para el tratamiento del Fichero de Bases lo que puede provocar problemas en la validación de estos archivos. La última versión de Libra-Nóminas evita estos avisos permitiendo realizar los procesos de afiliación y cotización sin incidencias.

En la próxima versión de Siltra (3.2.0), la TGSS soluciona los problemas de validación de los ficheros CRA.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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Nóminas España: Reforma Laboral, Pensiones y LPGE

Las siguientes publicaciones modifican el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, en numerosos aspectos para el ejercicio 2022:

  • Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
  • Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
  • Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones.

Esta nueva regulación afecta al cálculo de la nómina y a su cotización en aspectos importantes que se deben tener en cuenta ya que se encuentran en vigor desde este mes (enero 2022). De entre los cambios más importantes destacamos:

Apartado 4 del Artículo 144 de la LGSS

«La obligación de cotizar continuará en la situación de incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa, en la de nacimiento y cuidado de menor, en la de riesgo durante el embarazo y en la de riesgo durante la lactancia natural, así como en las demás situaciones previstas en el artículo 166 en que así se establezca reglamentariamente. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las empresas tendrán derecho a una reducción del 75 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años»

Artículo 151 de la LGSS

«Artículo 151. Cotización adicional en contratos de duración determinada. 1. Los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario a la finalización del mismo. 2. Dicha cotización adicional se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes. 3. Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos a los que se refiere este artículo, cuando sean celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón; ni a los contratos por sustitución.»

Artículo 153 bis de la LGSS

«Artículo 153 bis. Cotización en los supuestos de reducción de jornada o suspensión de contrato…En estos supuestos, las bases de cotización a la Seguridad Social para el cálculo de la aportación empresarial por contingencias comunes y por contingencias profesionales, estarán constituidas por el promedio de las bases de cotización en la empresa afectada correspondientes a dichas contingencias de los seis meses naturales inmediatamente anteriores al inicio de cada situación de reducción de jornada o suspensión del contrato…»

Artículo 152 de la LGSS

«Artículo 152. Cotización al Régimen General a partir de la edad de jubilación. 1. Las empresas y las personas trabajadoras quedarán exentas de cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal derivada de dichas contingencias, respecto de los trabajadores por cuenta ajena y de los socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, una vez hayan alcanzado la edad de acceso a la pensión de jubilación…»

Artículo 106 (LPGE)

Artículo 106 (LPGE) establece las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2022.

Por otro lado, es importante conocer los cambios en relación a la contratación cuyos principales cambios resumimos a continuación:

  • Se suprimen los contratos por obra o servicio determinado y se crea un contrato indefinido especial para la construcción.
  • Los posibles contratos temporales se reducen a 2 grupos:
    • Contratos por razones estructurales que pueden celebrarse por causas de producción o por sustitución.
    • Contratos de formación que adquieren la modalidad de formación dual (combinando trabajo y formación) y contrato en prácticas.
  • Los contratos fijos-discontinuos se firmarán para la realización de trabajos de naturaleza estacional, actividades de temporada o para trabajos de duración intermitente. Estos contratos se ven afectados en lo referente al reconocimiento de la antigüedad del empleado ya que pasará a computarse todo el periodo de relación laboral y no sólo los periodos efectivamente trabajados.
  • El encadenamiento de contratos temporales se modifica de manera que, en un periodo de dos años, si el trabajador acumula más de año y medio encadenando contratos en una misma empresa, pasará a ser indefinido.
  • Para los contratos temporales vigentes a 31/12/2021 se fijan regímenes transitorios con los siguientes límites:
    • Los contratos formativos en prácticas y los de formación y aprendizaje (art 11. ET) podrán aplicarase hasta su duración máxima.
    • Los contratos de duración determinada firmados antes del 31/12/2021 podrán aplicarse hasta su duración máxima.
    • Los contratos de duración determinada firmados antes del 30/03/2022 no podrán superar los 6 meses.
  • Para la aplicación de los límites de encadenamiento de contratos se considerará solo el contrato vigente a la entrada en vigor del RDL 32/2021, de 28 de diciembre.

Conviene destacar también los cambios que afectan a los empleados subcontratados ya que estos podrán ampararse en el convenio colectivo sectorial de la actividad desarrollada en la empresa principal o el que se determine por negociación colectiva y solo se aplicará el convenio de empresa si determina mejores condiciones salariales.

Por último, se aplican modificaciones a los ERTEs ETOP y a los ERTEs por Fuerza Mayor incorporando una mayor flexibilidad en los procesos, así como la posibilidad de aplicar exoneración de cuotas por formación siempre vinculadas al mantenimiento del empleo de igual forma que para los ERTEs COVID-19. Se incorpora también un Mecanismo RED por el que se facilita a las empresas un entorno regulado ante las caídas de demanda por causas económicas.

Desde Edisa estamos trabajando en la implementación de todos los cambios necesarios para abordar la normativa vigente. Tras la próxima publicación por parte de la Seguridad Social en relación a Siltra/Winsuite procederemos a liberar la actualización de Libra-Nóminas correspondiente. 

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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Libra-Nómina España: Actualización 2022/01

Ya se encuentra disponible la próxima versión de Libra-Nóminas con los cambios legislativos aplicados en materia laboral tanto para el cierre de 2021 como para el inicio del próximo ejercicio. A continuación, se resumen las modificaciones más relevantes

Cotizaciones de noviembre y diciembre de 2021

La Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional incorpora nuevos tipos de cotización para los contratos de formación, así como nuevos topes mínimos de cotización para los distintos regímenes soportados.

Estos cambios, consecuencia de la subida del SMI, tienen carácter retroactivo el mes de septiembre y ya se están aplicando en las liquidaciones ordinarias correspondientes al mes de noviembre. Se recuerda que estas cotizaciones deben respetar estas normas por lo que los usuarios deben confirmar el resultado que las liquidaciones de noviembre comprobando su aceptación por la Seguridad Social. A este respecto se han publicado instrucciones precisas que indican la forma de operar en función de si la liquidación ha sido presentada antes o después del día 13 de diciembre (fecha en la que la Seguridad Social ha cambiado bases y tipos de cotización)

Seguridad Social ha informado además que los usuarios del RED no deben presentar liquidaciones complementarias para regularizar las diferencias de los meses de septiembre y octubre ya que próximamente informará de las instrucciones pertinentes para liquidar estas diferencias de cotización.

Ficheros de Cotización SILTRA

Se desarrolla la importación y el procesado de los ficheros de Consulta de Trabajadores Rectificados (CTR) emitidos por Seguridad Social en la rectificación de liquidaciones fuera de plazo.  En relación a este proceso de rectificación de cuotas, se ha habilitado la posibilidad de indicar el número de liquidación en la generación en los Ficheros de Bases (FBS) y en los Ficheros de Solicitud de Confirmación (FSC).

El Fichero de Cálculos (FCL) y el Fichero de Trabajadores y Tramos (FTT) se actualizan también en función de las instrucciones técnicas y esquemas publicados por Seguridad Social como consecuencia del BNR 7/2021 del 10 de diciembre de 2021.

Seguridad Social ha informado de la previsión de publicar la próxima versión de SILTRA en enero de 2022.

Trabajadores Relevistas (Tiempo Parcial Concentrado)

Tal y como indica el artículo 215.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social en relación a los trabajadores relevistas, debe existir una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial. Por este motivo se desarrolla el tratamiento en cotización de este personal asemejando el proceso al del personal en situación de jubilación parcial con concentración de jornada (especificaciones publicadas en el BNR 7/2021).

Retenciones a cuenta del IRPF

Se actualiza el cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal para el ejercicio 2022 en función del algoritmo publicado por el departamento de informática tributaria.

Modelo 111

Como ya se informó en entrada anteriores, el modelo 111 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta) ha sido actualizado en base a las especificaciones publicadas por la AEAT para el ejercicio 2022. Las opciones de impresión han sido agrupadas permitiendo la obtención del modelo en borrador y la obtención del informe detallado por productor y claves de percepción.

Modelo 190

Se optimiza la composición del Modelo 190 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de rentas. Resumen anual). Entre otras mejoras se facilita a los usuarios la composición y envío de ficheros incluyendo un proceso validación exhaustiva de datos. Tras esta validación se presentan al usuario los posibles avisos/errores para que puedan ser revisados sin necesidad de exportar y procesar el fichero desde la plataforma de AEAT.

Expedientes de Regulación Temporal de Empleo

Tal y como ha informado la Seguridad Social a partir del próximo 01-12-2021, las empresas que dispongan de expedientes de regulación temporal de empleo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivados de fuerza mayor, contemplados en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, deberán comunicar la existencia y mantenimiento del ERTE, conforme a los mismos procedimientos establecidos para la presentación de las declaraciones responsables para la aplicación de exenciones, con los correspondiente valores de código de CPC. A tal efecto se desarrollan en Libra-Nóminas las opciones de configuración necesarias para calcular las cotizaciones y las exenciones correspondientes. Se contempla también la parametrización de los nuevos ERTES y/o las prórrogas aprobadas sobre los ya activos.

Los procesos de afiliación se actualizan, incorporando el tratamiento de los nuevos códigos de ERTE, motivos de reducción, tipos de inactividad e incluyendo los campos necesarios para la declaración responsable de la formación de los empleados o el envío de la información correspondiente a la aplicación de las exenciones.

Trabajadores Relevistas (Tiempo Parcial Concentrado)

Tal y como indica el artículo 215.2.e) de la Ley General de la Seguridad Social en relación a los trabajadores relevistas, debe existir una correspondencia entre las bases de cotización del trabajador relevista y del jubilado parcial. Por este motivo se contemplan en Libra-Nóminas los nuevos valores utilizados en los Ficheros de Cálculos y Ficheros de Trabajadores y Tramos. Se modifica el tratamiento en cotización de estos contratos, asemejando el proceso al del personal en situación de jubilación parcial con concentración de jornada.

Parámetros de cálculo a nivel de trabajador

Se amplía la parametrización del cálculo de nómina a nivel de trabajador incluyendo el tratamiento de los días de cálculo para el personal con retribución mensual y el tratamiento de estos en las pagas extras. Estos parámetros permiten indicar excepciones en un tramo de fechas determinado para un productor respetando la configuración de la cuenta de cotización para el resto de nóminas calculadas.

Servicio FIER / Fichero FIE

Se recuerda a los clientes que Libra-Nóminas permite la incorporación al sistema de los ficheros FIE (Fichero INSS Empresas) por lo que este procedimiento es el recomendado para la verificación de las prestaciones de incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación, nacimiento y cuidado del menor, etc. Por otro lado, el servicio FIER, aunque aporta la misma finalidad, está destinado a empresas pequeñas por lo que es menos operativo.

Presupuestos Generales del Estado 2022

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 adelanta los cambios que serán aplicados en la cotización a partir de su aprobación. En este documento se redactan los cambios que afectan todos los regímenes soportados adelantando ya un tope máximo de cotización previsto de 4139,40 mensual o 137,98 diario. Cabe destacar, entre otras modificaciones, los cambios en la formulación aplicada para el Sistema Especial Agrario en cuanto al cálculo de reducciones. Estos cambios serán actualizados en la versión de Libra-Nóminas posterior a su aprobación.

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libra-nominas-espana-octubre-21

LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/09

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las novedades más importantes:

Salario Mínimo Interprofesional

El Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, fija el salario mínimo interprofesional para 2021 en 965 euros/mes (32,17 euros/día) tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para empleados del hogar. El salario en especie no podrá, en ningún caso, minorar este importe dinerario.

Esta subida se aplica con carácter retroactivo a 01/09/2021 por lo que debe informarse en las constantes anuales de Libra-Nóminas con la fecha indicada.

Servicio FIER

El pasado día 20/09/2021 la Seguridad Social habilitó el servicio FIER para la descarga de datos del INSS en formato excel. Este servicio permite al usuario consultar en el acto los datos que maneja el INSS en relación a las situaciones de sus trabajadores.

Esta información complementa la ya obtenida por Libra-Nóminas en los ficheros FIE; y queda disponible para que el usuario pueda nivelar la información entre Libra y Siltra antes de iniciar el proceso de cotización.

Embargos y Retenciones Judiciales

Atendiendo a los límites de embargabilidad del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se incrementa la parametrización disponible para el cálculo de retenciones judiciales en los meses con paga extraordinaria. De esta forma se incluyen nuevos tipos de cálculo que determinan la base de retención y permiten calcular sobre la suma del salario mensual ordinario más el salario correspondiente a la gratificación extraordinaria.

Se incluye también la agrupación parametrizable de los conceptos correspondientes a percepciones no salariales o extrasalariales con la finalidad de ser retenidos sin aplicar el límite de la LEC.

Se recuerda que el reciente cambio en el Salario Mínimo Interprofesional puede afectar al cálculo de estas retenciones.

Modelo 111 para 2022

Se actualiza el modelo 111 (Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta) en base a las especificaciones publicadas por el departamento de informática tributaria de la AEAT de cara al ejercicio 2022.

Se agrupan también las opciones de impresión permitiendo la obtención del modelo en borrador y la obtención del informe detallado por productor y claves de percepción. Libra recomienda la presentación del modelo mediante fichero, no obstante, se recuerda que para la presentación del modelo en papel es obligatorio obtener el impreso desde el servicio de impresión desarrollado por la AEAT en su sede electrónica.

Prórroga de los ERTE hasta febrero 2022 y nuevas modalidades

El Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo trae consigo la prórroga, hasta el 28 de febrero de 2022, de los expedientes de regulación temporal de empleo basados en causas relacionadas con la situación pandémica. De entre los aspectos más relevantes destacan:

  • Es necesario realizar la correspondiente solicitud formal antes del 15 de octubre para acceder a la prórroga
  • Se mantiene la posibilidad de solicitar nuevos ERTEs por impedimento de la actividad y ERTEs por limitaciones, así como los cambios entre ambas modalidades.
  • Se incorpora la realización de acciones formativas vinculadas al ERTE como un nuevo indicador para la exoneración de cuotas y se mantiene la cláusula de mantenimiento de empleo.

Las modificaciones en Libra-Nóminas para llevar a cabo la afiliación y cotización de los empleados quedan sujetas a la próxima publicación del BNR por parte de la Seguridad Social.

Supresión de CCCs secundarias

La eliminación de cuentas de cotización secundarias (BNR 2019/4) llevada a cabo por la Seguridad Social con el objetivo de que las empresas dispongan de un único código de cuenta de cotización por provincia y régimen, trae consigo la agrupación de productores afectados por relaciones laborales con diferente actividad.

Esta unificación de personal implica, en algunos casos, la aplicación de distintas tarifas asociada a la actividad por lo que se desarrolla la posibilidad de parametrizar, a nivel de productor, los porcentajes de las cuotas de IT e IMS.

Con estos indicadores, el trabajador puede ubicarse dentro de una cuenta de cotización sin depender de esta, personalizando el tratamiento en calculo al igual que se hace con el tipo de relación laboral o la ocupación.

De no indicar los valores al trabajador, el sistema seguirá aplicando las correspondientes a la cuenta de cotización.

Vacaciones por centro de trabajo

Se incorpora el identificador de centro de trabajo en la gestión de vacaciones incrementando las posibles excepciones en la configuración general de convenio.

Para el cálculo de las vacaciones de los productores que cambian de centro de trabajo en el ejercicio, se realiza un cómputo de días pendientes/disfrutados por cada tramo en función de la parametrización de cada uno de los distintos centros en los que ha estado ubicado.

Los datos resultantes quedan disponibles en el sistema permitiendo la consulta por parte del usuario, aplicándolos en una posible liquidación de vacaciones o llevándolos al Portal del Empleado.

Esta actualización lleva a Libra-Nóminas a su última versión incluyendo la corrección de los casos detectados y la inclusión de los cambios aplicados para la optimización de los procesos.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/06

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las principales adaptaciones:

Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos

El RDL 11/2021 especifica las prórrogas y los nuevos expedientes de regulación temporal de empleo, así como el tránsito entre los distintos códigos de peculiaridad de cotización asociados a cada regulación durante los meses de junio a septiembre. Para permitir la configuración en Libra Nóminas se hace necesario actualizar el módulo a última versión cargando las siguientes modificaciones:

  • Afiliación en TGSS: Se ha implementado el tratamiento de nuevos códigos de ERTE, motivos de reducción y códigos de inactividad habilitados por la Seguridad Social para la comunicación de los empleados afectados.
  • Cotización a la Seguridad Social: Se modifica el cálculo de exoneraciones y bonificaciones aplicadas en nómina. Estas ayudas estan sujetas al cumplimiento de los requisitos y al envío de la declaración responsable a través del Sistema RED. Las actuaciones a realizar se especifican en el Boletín de Noticias RED 4/2021.
  • Periodos de actividad/inactividad SEPE: Se implementa el tratamiento de los nuevos ERTEs en la generación de los archivos de comunicación de periodos de regulación al Servicio Público de Empleo.
  • Se actualiza la codificación utilizada en los procesos anteriores:
    • Códigos de peculiaridad de cotización a nivel de cuenta de cotización
    • Códigos de inactividad para la identificación del productor.
    • Motivos de reducción de jornada asociados a cada código de regulación
    • Códigos oficiales de ERTE
  • Ayudas a la reincorporación: Se actualizan también los porcentajes aplicados a los colectivos utilizados para la reincorporación a la actividad tras el ERTE.

Nueva versión del Sistema Liquidación Directa (SILTRA) 3.0.0

La próxima publicación de la versión Siltra 3.0.0 prevista para el próximo mes de septiembre afecta a la generación y validación de remesas así como a la visualización e impresión de respuestas. En el envío de ficheros, Siltra realizará un control exhaustivo de la versión utilizada para Afiliación e INSS rechazando los mensajes con versiones antiguas. Por este motivo es necesario tener actualizado los principales mensajes de comunicación a los últimos formatos publicados. Las versiones de sintaxis de mensaje necesarias son:

  • Fichero de Afiliación (AFI): versión 9.1
  • Conceptos Retributivos Abonados (CRA): versión 1.2
  • Mensaje de Documentos del INSS (FDI): versión 5.1
  • Fichero del INSS para Empresas (FIE): versión 2.0

Tras las pruebas realizadas con esta nueva versión se han comprobado los siguientes aspectos:

  • La compatibilidad con Libra no se ve afectada por lo que la integración entre Libra-Nóminas y Siltra no sufrirá cambios.
  • Se han realizado modificaciones en la interfaz de usuario para las áreas de Afiliación e INSS, no obstante, la funcionalidad y la forma de operar continúa siendo la misma.
  • Los paquetes de instalación vienen firmados con certificado digital por lo que se adquiere autenticidad e integridad en los ficheros.

Elementos de fórmula (EFO) calculados en Nómina

Se desarrollan los cambios necesarios para poder registrar el resultado de fórmulas de tipo EFO en el histórico de nómina. Este cambio aporta las siguientes mejoras:

  • Optimización de procesos posteriores al cálculo de nómina ya que se les libera de procesos de formulación obteniendo una mejor respuesta.
  • Se simplifica la composición de los informes facilitando el diseño al usuario final, sin necesidad de conocer y componer fórmulas para este cometido.
  • Se simplifica la parametrización del proceso de contabilización de nómina a consultores y usuarios evitando el uso de fórmulas.

Entrada Manual de Cotización

Se habilitan nuevas opciones de reparto de cotización para la generación de liquidaciones complementarias desde la entrada manual de cotización:

  • Evitar/Incluir tramos en situación: Indica si el usuario desea incluir los tramos en situación (IT, Maternidad, ERTE…) para el reparto de la cotización.
  • Evitar/Incluir reparto en exceso de topes: Indica si el usuario desea que el exceso de cotización de tramos topados debe o no repartirse en los tramos que no lo están.

Por otro lado, se adaptan los procesos para el tratamiento de la retribución en especie generando los elementos necesarios en la nómina (TT10, BI02, RE20…) para la correcta gestión de impuestos.

Estas opciones incrementan la funcionalidad de un proceso cada vez más utilizado por la comodidad que aporta permitiendo la generación de nóminas de forma manual partiendo únicamente de un total devengado.

Solicitudes en el Portal del Empleado

Se estandarizan los formularios dinámicos de solicitud más comunes utilizados en el portal del empleado. De esta forma se simplifica la configuración de estas solicitudes y se facilita la herencia de futuras mejoras incorporadas en próximas actualizaciones de Libra-Nóminas. Las solicitudes de cambio afectadas corresponden a las siguientes áreas:

  • Modelo 145: Cambios en relación al IRPF del empleado, situación familiar, ascendientes, descendientes y préstamo vivienda.
  • Datos Personales: Cambios de domicilio, datos de contacto, datos bancarios y fotografía.
  • Formación Externa: Informar y mantener la formación obtenida por el empleado.
  • Experiencia Laboral: Informar y mantener la experiencia laboral adquirida.
  • Gestión documental: Subir y consultar documentación originada en Libra-Nóminas (Certificado de Retenciones, Recibo de Salarios…).
  • Vacaciones: Solicitud, consulta, aprobación y registro de vacaciones.
  • Permisos: Solicitud, consulta, validación y registro de permisos.

Real Decreto 902/2021, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

El pasado mes de abril entró en vigor el RD 902/2020 que establece las medidas a adoptar para evitar la discriminación por género en materia retributiva y hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Entre estas medidas se establece la obligatoriedad de realizar un registro retributivo de la plantilla desagregado por sexo y distribuido por distintos criterios.

Se recuerda que, para abordar este registro retributivo, Libra permite la exportación de la información necesaria mediante las herramientas actuales de generación de informes. Con esta información el usuario debe realizar el análisis de los datos y la composición del registro retributivo.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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LIBRA Nóminas España: Actualización 2021/03

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación, se resumen las principales adaptaciones:

Periodos de Actividad SEPE en ERTEs

Se adaptan los procesos de generación y obtención de datos en base a los cambios informados por el Servicio Público de Empleo Estatal en relación al contenido del fichero en el que se envían los datos de actividad e inactividad de los productores afectados por un expediente de regulación temporal de empleo.

Estos cambios afectan a los productores que ha regulado en un determinado mes ya que deberán ser enviados en los siguientes periodos informando de su periodo de actividad correspondiente. A mayores se crean varios parámetros que afectan a la obtención de estos datos siempre dentro de la normativa especificada per el SEPE.

Fichero FIE Versión 2.0

Tras la publicación por la seguridad social de la versión 2.0 del fichero FIE (Fichero INSS EMPRESAS) se adapta Libra-Nóminas para la importación y consulta de la información contenida en el mismo. Se incluyen los partes de confirmación de IT además de incluir nuevos colectivos como el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. Este nuevo formato ha sido activado por seguridad social el pasado 8 de marzo consolidando este fichero como el canal oficial de comunicación de datos de IT entre en INSS y la empresa.

Real Decreto Ley 2/2021 de 26 de enero de 2021

El RDL 2/2021 de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo establece las prórrogas en relación a los expedientes de regulación temporal de empleo de fuerza mayor, ERTEs por impedimento en el desarrollo de la actividad y ERTEs por limitación al desarrollo normalizado de la actividad hasta el 31 de mayo de 2021.

Así mismo aparecen nuevos tipos de regulación temporal por impedimento o limitación de la actividad ligados a las nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria junto con el desarrollo del tránsito a ERTEs ETOP.

Las empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura y una reducida tasa de recuperación de actividad quedan especialmente exoneradas del abono de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta en los porcentajes establecidos en este mismo RDL.

En respuesta a los cambios anteriores, se adaptan los procesos de cálculo, afiliación y cotización en Libra-Nominas para la correcta gestión de estas situaciones.

Se actualizan en el sistema todos los tipos de inactividad, las causas de peculiaridad de cotización, los motivos de reducción, los códigos oficiales de ERTE así como los porcentajes de exoneración para la recuperación tras la regulación de empleo.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Los procesos de obtención de datos para los modelos tributarios han sido modificados para incluir una validación exhaustiva de la información enviada. De esta forma se presentan al usuario de Libra-Nóminas los errores/avisos encontrados para poder ser revisados sin necesidad de realizar una validación previa del fichero en la plataforma de AEAT.

Se desarrollan también las modificaciones necesarias aplicadas a la presentación de los impuestos anuales del IRPF para residentes y no residentes a la AEAT. Como ya se informó en su momento se incluyen nuevas claves/subclaves para el Ingreso Mínimo Vital (L-29) y otras rentas exentas (L-30) así como las modificaciones aplicadas en las ya existentes (L-22, L-28...)

De la misma manera se incluyen todos los cambios correspondientes a la presentación de estos impuestos en las Haciendas Forales.

Envío de documentos en formato HTML

Se incorpora al proceso de envío por correo electrónico de documentación laboral (nóminas, certificado de retenciones, etc..) la posibilidad de establecer el cuerpo el email en formato HTML. De esta forma se permite una mayor personalización en la estática del texto introducido. El sistema continúa permitiendo la sustitución de variables para presentar una redacción completamente personalizada al receptor del correo. Se recuerda que los usuarios deben hacer uso de la configuración ya existente para firmar y encriptar los documentos enviados y dotar así de una mayor seguridad a todo el proceso.

Cálculo de Atrasos de Convenio

El cálculo de atrasos es un proceso que conlleva tener el histórico de nómina correctamente formado para que las posibles diferencias calculadas se ajusten a las situaciones y tramos que tiene la seguridad social en su sistema (Siltra). Para facilitar al cliente la revisión de estos datos se modifica el cálculo de forma que cada subproceso (cálculo de paralelas, cálculo de diferencias, cálculo de atrasos) presentará la totalidad de avisos encontrados de forma que el usuario obtendrá un listado de productores afectados sobre los que debe aplicar la configuración correcta para poder cotizar o pagar la nómina de atrasos en función de cada caso.

Ajuste de Tramos SILTRA

Se incorporan modificaciones en la generación de tramos SILTRA y en el ajuste de los mismos contemplando casos de ERTEs parciales y ERTEs totales por tramos en el mismo mes. A mayores se incorpora la posibilidad de ajustes de tramos en maternidad parcial cuando se dan situaciones de IT y se aborda el tratamiento de los nuevos contratos de Tiempo Parcial Concentrado. En relación a estos últimos contratos (TPC) se actualiza todo el circuito SILTRA para su correcta gestión durante todo el proceso de cotización.

Alertas para Cálculo de Nómina

Se desarrolla la posibilidad de habilitar alertas en el cálculo de nómina para poder avisar al usuario en situaciones para las que desea ser alertado. Estas alertas ejecutarán la rutina especificada enviando la información al usuario permitiendo registrar o no el cálculo resultante. Se instala la posibilidad de habilitar estos avisos no obstante su implantación deberá realizarse con la ayuda de su consultor habitual de Nómina.

Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con tu consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

Encuentra más información de LIBRA Nómina: AQUÍ


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Libra-Nómina España: Actualización 2021/01

Los cambios legislativos aplicados en el último trimestre del ejercicio 2020 junto con la publicación de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 implican la necesidad de actualizar el sistema para el arranque del ejercicio 2021. A continuación, se resumen las modificaciones más relevantes:

Retenciones IRPF 2021

Se han desarrollado los cambios aplicados por la LPGE para el ejercicio 2021 y publicados por el departamento de informática tributaria de la AEAT. Entre otras modificaciones, se aplica una elevación del tipo marginal de dos puntos llegando al 47% para rentas del trabajo superiores a 300.000 euros. A mayores se prorrogan los límites vigentes del régimen de módulos de autónomos para la aplicación de la estimación objetiva en el IRPF.

Las haciendas forales de Gipuzkoa y Bizkaia han publicado sus tablas de retenciones para los rendimientos de trabajo por lo que se cargan de forma automática en esta actualización.

Modelo 190 2020

Se modifica la gestión y presentación de datos para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta (modelo 190). En base al Real Decreto-ley 39/2020, de 29 de diciembre se aprueba una nueva redacción para las subclaves 22 y 28, y se introducen dos nuevas claves, 29 y 30 dentro de las subclaves a utilizar en las percepciones correspondientes a la clave L.

SILTRA: Fichero de cuotas exoneradas

Tras la puesta en producción por parte de la Seguridad Social del fichero de consulta de cálculos de cuotas exoneradas (BNR 18/2020) Libra-Nóminas ha sido adaptado para la gestión de la información recibida en este nuevo fichero. De esta forma, en un mismo proceso, el usuario recibe en Libra el fichero actual de cálculos con el total de cuotas junto con el nuevo fichero de cuotas exoneradas permitiendo la consulta de datos y facilitando al usuario el cuadre de costes de cotización durante expedientes de regulación de empleo.

Tiempo parcial con concentración de la prestación de servicios

Tal y como se especifica en el Boletín de Noticias RED 20/2020 del 18 de diciembre de 2020, a partir de enero de 2021 se incorpora en el ámbito de cotización el tratamiento automatizado de las bases de cotización en los supuestos de:

  • Contrato a tiempo parcial con concentración de jornada
  • Trabajadores jubilados parciales con concentración de jornada

Este procedimiento solo será aplicable en liquidaciones L00 y L91 y no engloba los contratos fijos discontinuos.

Libra-Nóminas ha sido adaptado en ambos supuestos permitiendo el registro de la información, el cálculo, la cotización de los importes y el procesado de los datos en el Sistema de Liquidación Directa.

Cotizaciones por Régimen/Sector

En cuanto a las bases y tipos de cotización para el ejercicio 2021 se resaltan los siguientes cambios:

  • El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado, a partir del 1 de enero de 2021, en la cuantía de 4.070,10 euros mensuales.
  • Las bases mínimas de cotización según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán desde el 1 de enero de 2021, y respecto de las vigentes en 31 de diciembre de 2020, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo interprofesional. Finalmente, al no realizar modificaciones sobre el SMI no habrá cambios para el inicio del ejercicio en 2021. Se recuerda que el SMI debe estar configurado con un importe de 950,00.
  • Las bases máximas, cualquiera que sea la categoría profesional y grupo de cotización, serán a partir del 1 de enero de 2021, de 4.070,10 euros mensuales o de 135,67 euros diarios.
  • El Régimen Agrario, en base a la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social, cambia sus cotizaciones durante los periodos de actividad para los grupos 2 a 11, pasando de 19,55% al 20,00% junto con las siguientes constantes adicionales:
    • Reducción cuota empresa general (grupos 02 a 11): 7,36%
    • Cuota empresa mínima en el mes: 101,47
    • Cuota empresa mínima Jornada Real: 4,61

Se recuerda a los clientes que deben revisar la configuración de constantes anuales informando de los cambios a nueva fecha de validez (01/01/2021) y que próximas publicaciones realizadas por la Seguridad Social pueden afectar a dichas constantes antes de la cotización de la nómina de enero.

Para más información consultar la LPGE en el BOE núm. 341, de 31 de diciembre de 2020 donde redacta de forma detallada los cambios aplicados en los regímenes soportados (General, Artistas, Mar, Minería del Carbón...)

Compatibilidad entre Jubilación y Trabajo (Cotización Especial Solidaria)

En base a la LPGE se modifica el art. 153 de la Ley General de la Seguridad Social de forma que, durante la realización de un trabajo por cuenta ajena compatible con la pensión de jubilación, quedarán sujetos a una cotización especial de solidaridad del 9 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes, no computable a efectos de prestaciones, corriendo a cargo del empresario el 7 por ciento y del trabajador el 2 por ciento.

IPREM

Se modifica el Indicador Público de Renta (IPREM) para 2021 con los valores de 18,83 euros por día, 564,90 euros por mes y 6.778,80 euros por año.

Contratos fijos discontinuos en turismo, comercio y hostelería

Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, las empresas, excluidas las pertenecientes al sector público, dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como los de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo, que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.

Cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o lactancia natural

Continua la bonificación del 50 por ciento en la cotización empresarial en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional.

Expedientes de Regulación de Empleo

El Real Decreto-Ley 35/2020 de 22 de diciembre en su Artículo 7 de medidas extraordinarias en materia de cotización vinculadas a los expedientes de regulación temporal de empleo prorrogados automáticamente hasta el 31 de enero de 2021 para determinadas actividades de los sectores de turismo, hostelería y comercio establece las siguientes exenciones:

  • 85 por ciento de la aportación empresarial devengada en diciembre de 2020 y enero de 2021, cuando la empresa hubiera tenido menos de cincuenta personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta en la Seguridad Social a 29 de febrero de 2020
  • 75 por ciento de la aportación empresarial devengada en diciembre de 2020 y enero de 2021, cuando la empresa hubiera tenido cincuenta o más personas trabajadoras o asimiladas a las mismas en situación de alta a 29 de febrero de 2020.

La exención regulada en este artículo será incompatible con las medidas reguladas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.

Para cualquier duda o aclaración puede contactar con su consultor habitual o enviándonos un correo a infoedisa@edisa.com.

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LIBRA Nóminas España: ERTEs hasta enero 2021

La publicación del Real Decreto-Ley 30/2020, el Boletín de Noticias RED 19/2020 del 16 de octubre (TGSS) así como el reciente procedimiento publicado por el SEPE para el tratamiento de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo hasta enero de 2021 trae consigo modificaciones importantes que deben ser aplicadas en Libra-Nóminas para su correcta gestión en los procesos de regulación de empleo con organismos oficiales.

Los cambios más destacados son:

Fichero General de Afiliación en la TGSS

Se desarrollan los cambios necesarios en el proceso de afiliación gestionando el tratamiento de los nuevos códigos de inactividad derivados de la situación de regulación de empleo. La estructura del fichero AFI también sufre modificaciones en base a las instrucciones publicadas por la TGSS facilitando así la identificación de los trabajadores en su correspondiente ERTE.

Cálculo y envío de Cotizaciones

Se incluye la configuración de los nuevos expedientes de regulación de empleo permitiendo su identificación a nivel de situación de convenio (ERTE de suspensión) y a nivel de jornada de productor (ERTE de reducción). Se implementa el cálculo de bonificaciones/exoneraciones asociadas al RDL 30/2020 previa presentación de la correspondiente declaración responsable. Se adapta también el envío de datos en los ficheros de cotización para contemplar toda la casuística de situaciones compatibles con el ERTE.

Comunicación con el Servicio Público de Empleo Estatal

Se desarrolla el cálculo de Días de Actividad Equivalente (DAE) en base a las instrucciones publicadas por el SEPE para el correcto envío de los periodos de actividad e inactividad ligados al cobro de prestaciones por desempleo. También se facilita al usuario la exportación de datos para la presentación de la correspondiente solicitud colectiva de prestaciones.

Actualización General de Tablas Maestras

Se incorpora toda la codificación necesaria para la configuración de los procesos de regulación de empleo incluyendo nuevos valores en los maestros de:

  •  Códigos de peculiaridad a nivel de CCC.
  • Códigos de inactividad para el tratamiento de trabajadores en afiliación.
  • Conceptos de cálculo en seguridad social (569 y 669).
  • Motivos de reducción de jornada ("R3" a "R9").
  • Códigos oficiales de ERTE (De "ERTE-067" a "ERTE-072").
  • Porcentajes de exoneración para los colectivos de reincorporación a la actividad (C101 - C102 para octubre, noviembre, diciembre y enero).
  • Claves de baja de trabajadores creadas en Seguridad Social.
  • Valores de Situación Adicional de Afiliación.
  • Tipos de reducción de jornada.
  • Valores de relación laboral de carácter especial.
  • Conceptos de fracción / cuota.
  • Colectivos incentivados.

SILTRA 2.3.0

Libra-Nóminas queda integrado con la reciente versión de SILTRA tras la adaptación de los cambios aplicados en los esquemas xml. Se incluyen también los cambios en la solicitud de la Relación Nominal de Trabajadores (BNR 2020/18 del 6 de octubre).

Esta actualización lleva tu instalación a la última versión incorporando la totalidad de cambios aplicados hasta el momento. Si quieres más información de LIBRA Nóminas o que uno de nuestros consultores te asesore, haz CLIC en AQUÍ.


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Libra Nóminas España: Actualización 2020/07

Ya se encuentra disponible la próxima actualización de Libra-Nóminas para España. A continuación se resumen las principales adaptaciones:

Tratamiento de Fuerza Mayor Parcial/Total para ERTEs hasta septiembre de 2020

Tal y como se indica en RDL 24/2020 de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, se aborda la continuidad del carácter de fuerza mayor total y parcial para los ERTEs. Se modifica el tratamiento de los colectivos C101 y C102 en Libra-Nóminas con las especificaciones publicadas. De esta forma se facilita al usuario la configuración del personal afectado gestionando únicamente las fechas de cambio de situación sin necesidad de conocer y manipular la extensa codificación oficial creada por Seguridad Social para este cometido.

Maternidad/Paternidad en ERTE:

Tal y como se indica en BNR 12/2020 del 19 de mayo, tanto la Seguridad Social como el SEPE reconocen la compatibilidad entre las situaciones de ERTE y paternidad o maternidad a tiempo parcial. Se adapta Libra-Nóminas con los cambios especificados en dicho Boletín RED permitiendo el cálculo y la cotización en ambas situaciones solapadas.

Suspensión de contratos tras la reincorporación (COVID-19):

Se incorpora al sistema el tratamiento de la nueva suspensión de contratos después de haber reiniciado la actividad tras una situación a las que se refiere el artículo 1.2 del RDL 18/2020. Se adapta el sistema para el envío y tratamiento de los nuevos códigos de inactividad definidos en el BNR 13/2020 del 28 de mayo. La generación del fichero AFI en Libra responde a la configuración del productor sin necesidad de que el usuario tenga que conocer y/o asignar la codificación específica de inactividad.

Comparativa de Cálculos con Seguridad Social:

La Seguridad Social omite el detalle de exoneraciones en el fichero de cálculos y se limita a enviar el total del importe en un documento DCL por cuenta de cotización. Esta omisión de información impide a los programas de nómina realizar una comparativa del coste total por productor utilizando el fichero de cálculos. Para abordar esta problemática se modifica la comparativa de cálculos en Libra-Nóminas permitiendo incrementar o reducir el coste en base a fórmulas EFO. Con este desarrollo se facilita al usuario la visualización de la información y se consigue la detección y solución de diferencias en el coste por productor.

Sistema Especial Agrario:

Se adapta el cálculo de bonificaciones desarrollando las correspondientes a la transformación de contratos temporales en indefinidos antes del 1 de enero de 2021. Con esto se pasan a gestionar los nuevos colectivos 1829 a 1836 para poder ubicar al personal por grupo de cotización, tipo cotización (base mes/jornada real) y género.

Fichero FIE:

Se desarrollan nuevas utilidades en relación al Fichero INSS Empresas (FIE) permitiendo la importación automática desde los directorios SILTRA así como la búsqueda y gestión por trabajador. Se añaden opciones de configuración para el visor de datos permitiendo resaltar los valores que el usuario considere mas relevantes.Se permite la exportación a excel de las situaciones procesadas y asignadas al productor.

Cálculo y Cotización Libra-Nóminas:

Se incluyen las adaptaciones del sistema de cálculo y cotización de Libra-Nóminas en base a los cambios legislativos ya publicados:

  • Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.(Situación asimilada a accidente de trabajo de los períodos de aislamiento o contagio de las personas)
  • Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19. (Apoyo a la prolongación del período de actividad)
  • Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.(Exoneración de cuotas. Suspensión de contratos y reducción jornadas por fuerza mayor en ERTE)
  • Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
  • Real Decreto-Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (aplazamiento en el pago de deudas con la seguridad social)
  • Real Decreto-Ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. (Requisitos para la aplicación de las exenciones, declaración responsable sobre la situación de fuerza mayor total/parcial, identificación de personas trabajadoras a las que resulten de aplicación exenciones,  comunicación respecto de personas trabajadoras en situación de suspensión de su contrato de trabajo o reducción de jornada, comunicación respecto de personas trabajadoras que reinicien su actividad total o parcialmente en situaciones de fuerza mayor parcial)
  • Real Decreto-Ley 24/2020 de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. Fuerza Mayor Total/Parcial para ERTEs en julio, agosto y septiembre.

Cálculo de Nóminas Rectificativas a nivel de CCC:

Se desarrolla la posibilidad de indicar el cálculo de nóminas rectificativas a nivel de cuenta de cotización (subempresa). Estas adaptaciones permiten al usuario incorporar el proceso de forma paulatina en las subempresas de las que es responsable. Los parámetros relacionados con  este tipo de cálculo ("Evitar nóminas pagadas", "Bloqueo de cálculo"...) también se ubican a nivel de subempresa por lo que la configuración puede ser independiente entre cada cuenta de cotización.

Todos los cambios necesarios ya están implementados en la última versión de Libra-Nóminas. Para cualquier duda o aclaración puede contactar con su consultor habitual.


erte-y-reinicio-de-actividad

ERTE y Reinicio de Actividad, post COVID-19, en Libra Nóminas España

Los cambios publicados en el  Real Decreto-Ley 18/2020 con medidas para la defensa del empleo  y el BNR 2020/11 del 14 de mayo de 2020 implican modificaciones en Libra-Nóminas España para poder abordar las distintas situaciones generadas en la reincorporación de los trabajadores tras el periodo de regulación de empleo basado en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. A continuación se resumen las implicaciones para la empresa y las adaptaciones realizadas para proceder a la configuración en Libra-Nóminas:

Fuerza Mayor Total y Fuerza Mayor Parcial

Para la aplicación de las exenciones y peculiaridades de cotización es imprescindible que la empresa comunique mediante el sistema RED una declaración responsable con respecto a la situación a la que se pasa cada cuenta de cotización:

  • Fuerza Mayor Total derivada del COVID-19: Situación afectada por las causas referidas en el artículo 22 del RDL 8/2020 que impiden el reinicio de la actividad
  • Fuerza Mayor Parcial derivada del COVID-19: Situación desde el momento en que las causas referidas en el artículo 22 del RDL 8/2020 permiten la recuperación parcial de la actividad.

A partir de esta comunicación se comenzarán a aplicar los distintos porcentajes de exoneración en cada caso. En Libra-Nóminas se deberá informar por cada cuenta de cotización la fecha de inicio enviada en esta comunicación. Para ello se ha creado una nueva sección "Peculiaridades Cotización CCC" ubicada en el maestro de cuentas de cotización (Subempresas).

Exenciones durante la situación de ERTE

Para aplicar las exenciones de cotización a los productores que se mantengan de forma total o parcial en el ERTE será necesario especificar el porcentaje a utilizar en el coeficiente utilizado desde el inicio del ERTE. Este coeficiente, aunque se puede indicar a varios niveles, se recomienda informarlo por cada centro de trabajo indicando la fecha de validez a partir de la cual se debe comenzar a aplicar.

Exenciones para el reinicio de actividad

Para aplicar las exenciones de cotización a los productores que inicien la actividad (en Mayo o Junio) se han creado los siguientes colectivos EN Libra:

  • C101 (Exención Inicio Actividad < 50  (% Cst Tramo Trb.)). Este colectivo se utilizará en empresas con menos de 50 trabajadores y exonerará el 85% en mayo y el 70% en junio
  • C102 (Exención Inicio Actividad >= 50 (% Cst Tramo Trb.)). Este colectivo se utilizará en empresas con más de 49 trabajadores y exonerará el 60% en mayo y el 45% en junio

La asignación del colectivo debe hacerse en el contrato del productor indicando como fecha de validez el día en que se incorpora a la actividad y como fecha fin el 30/06/2020. Esta configuración evitará al usuario trabajar con los más de 30 colectivos creados por la Seguridad Social para este cometido.

La fecha de inicio del colectivo deberá coincidir siempre con una fecha de jornada o con el día posterior a la finalización de la situación de ERTE si esta ha sido informada por incidencias. De no ser así la configuración no será correcta ya que no corresponderá con la realidad del empleado.

Afiliación

El usuario debe informar a Seguridad Social la fecha de inicio de la reincorporación de sus empleados. Para ello debe utilizar 2 posibles valores en el tipo de inactividad:

  • Valor R- TRAB.ACTIVO TOTAL PROC.SUSP.ERE.COVID19: Si el productor se incorpora el total de su jornada (con independencia de la jornada normal de su contrato).
  • Valor S- TRAB.ACTIVO PARCIAL PROC.SUSP.ERE.COVID19: Si el productor se incorpora de forma parcial a su jornada (con independencia de la jornada normal de su contrato).

Si el usuario decide informar mediante el fichero AFI debe tener configurados a sus productores con el colectivo correspondiente a partir de la fecha en que se empezará a aplicar las exoneraciones. Es obligatorio que los productores tengan informado el colectivo en el contrato del trabajador (C101/C102) ya que es el indicador que utiliza Libra-Nóminas para informar de los tipos de inactividad correspondientes a Seguridad Social.

Las formas de operar dependiendo del tipo de ERTE son:

  • ERTE Total: Si el productor viene regulando el total de su jornada (con independencia de la jornada normal de su contrato) el usuario deberá finalizar la situación por incidencias e informar del colectivo (C101/C102) con fecha el día inmediatamente después a dicha finalización.
  • ERTE Parcial: Si el productor viene regulando parte de su jornada (con independencia de la jornada normal de su contrato) el usuario deberá crear una jornada nueva en su contrato indicando el porcentaje de trabajo. La fecha de jornada deberá coincidir con la asignación del colectivo correspondiente (C101/C102)

Para generar los datos de envío se debe acceder al fichero AFI y solicitar los cambios de inactividad ERE Total y Parcial.

Para poder configurar el sistema es necesario actualizar Libra-Nóminas a última versión. Si su sistema todavía no ha sido actualizado póngase en contacto su consultor habitual para coordinar el proceso.


nominas-espana-nueva-composicion-de-tramos-en-it

Nueva composición de tramos en IT (SILTRA - Libra Nóminas)

En el BNR 2020/7 se especifica que las reglas de partición de tramos aplicables a los periodos en situación de Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes sufren modificaciones. Concretamente el tramo actual de pago delegado (Tipo Peculiaridad Cotización 21) se divide en dos tramos, uno al que se aplica el 60% de la base reguladora y otra con la aplicación del 75%.

De esta forma en una IT por enfermedad común o accidente no laboral se obtendrán los siguientes tramos:

  • 01-15 (PEC 29): Corresponde a los primeros 15 días en los que no hay pago delegado.
  • 16-20 (PEC 21): Corresponde a los 5 días de prestación al 60% S.Social (con pago delegado)
  • 21-31 (PEC 21): Corresponde a la prestación del 75% S.Social (con pago delegado)

Los procesos modificados en respuesta al requerimiento anterior son:

  • Generación de tramos: Se cambia la generación de tramos para las nóminas mensuales (normal/liquidación) cuando el productor está en situación de IT.
  • Generación de pagos delegados: Se modifica la generación de los elementos de compensación y deducción por IT CC gestionando las deducciones en cada tramo por separado (60%-75%).
  • Calculo atrasos de convenio: La Seguridad Social especifica que el cambio se aplica "con independencia del período de liquidación al que haga referencia la liquidación" por lo que se replantea el cálculo de atrasos para enviar estos nuevos tramos teniendo en cuenta que los tramos cotizados en periodos atrás en el tiempo (L00 y L13) serán no coincidentes.
  • Cotización manual: Los tramos presentados al usuario cuando registra información para un mes de pago delegado pasan a calcularse en el momento del registro de los datos, obviando los tramos existentes en el histórico de nómina. Los tramos para reparto automático y control de topes en la entrada de cotización pasan a calcularse también en memoria siempre que el productor se encuentre en situación de IT durante el periodo procesado.

La activación de este cambio en Libra-Nóminas se realiza bajo un parámetro nuevo en la cuenta de cotización ( "Siltra:Tramo por Prestación al 60% en IT" ) ya que, aunque sabemos que afecta a todas las liquidaciones, puede ser necesario calcular evitando estos nuevos tramos para poder realizar paralelos, hacer verificaciones de nóminas cotizadas, etc.

Estas modificaciones afectan a las nóminas calculadas a partir de Mayo 2020 por lo que es necesario actualizar el cálculo de nóminas a última versión en los próximos días. Si la actualización se realiza iniciado el mes bastará con recalcular las nóminas generadas. Sólo los sistemas actualizados podrán cotizar las situaciones de enfermedad común y accidente no laboral.

Tras la actualización, Libra-Nóminas quedará configurado de forma automática para aplicar los nuevos tramos de forma que si se necesita recalcular nóminas de Abril o nóminas ya cotizadas, se deberá tener en cuenta este nuevo parámetro para evitar diferencias.

Si su sistema todavía no ha sido actualizado, póngase en contacto con su consultor habitual para coordinar el proceso o envíenos un mail a infoedisa@edisa.com.


modificaciones-libra-nominas-covid-19

Modificaciones LIBRA Nóminas a consecuencia del COVID-19

Tras la publicación de numerosos reales decretos con medidas de respuesta al impacto económico producido por el COVID-19 que afectan de forma general a varios procesos del ámbito laboral os informamos de las modificaciones más relevantes:

Expediente Regulación Temporal Empleo:

En el RDL 8/2020 del 17 de Marzo se aprueba la exoneración del 100% de la aportación empresarial y conceptos de recaudación conjunta para los expedientes de regulación temporal de empleo mientras dure el periodo de suspensión o reducción de jornada autorizados en base a fuerza mayor vinculada al COVID-19. En caso de empresas con 50 o más empleados la exoneración baja al 75%. En relación a estos cambios se modifica Libra-Nóminas permitiendo la configuración de las bonificaciones así como el correcto cálculo de nómina. Los procesos de afiliación y cotización en Siltra se adaptan para el tratamiento de los nuevos tipos de inactividad y peculiaridades de cotización.

Aislamiento y Contagio como Accidente de Trabajo:

En el RDL 6/2020 del 10 de Marzo se especifica que el aislamiento o contagio de las personas trabajadores provocado por el virus COVID-19 se considera situación asimilada al accidente de trabajo en cuanto a la prestación económica de incapacidad temporal. Para poder procesar esta situación es imprescindible que los usuarios verifiquen el nuevo fichero FIE (Fichero INSS-Empresas) para proceder al envío de un nuevo fichero FDI en caso de discrepancia.

Se modifica el tratamiento de ficheros FIE en Libra-Nóminas para acceder directamente a Siltra y obtener la información proporcionada por Seguridad Social, se potencia la consulta de datos y la exportación de la información procesada facilitando al usuario la gestión de la IT.

Trámites para la prestación con el SEPE:

En relación al cobro de la prestación de productores  afectados por un ERTE, el Servicio Público de Empleo Estatal obliga, no sólo al envío del certificado de empresa de cada uno de los trabajadores sino a remitir también un formulario con los datos de cada productor por cada centro de trabajo afectado indicando, entre otros, los datos de base reguladora, porcentajes de jornada y reducción, datos de contacto, etc. Libra dispone de las herramientas necesarias para la obtención de los datos solicitados facilitando al usuario la presentación de los formularios.

Bonificaciones Turismo:

En el RDL 7/2020 de 12 de Marzo se aprueban bonificaciones encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo. Para aplicarlas es necesario que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo. Se adapta Libra-Nóminas para la configuración y calculo de las cotizaciones correspondientes.

Prestación para Autónomos:

Conviene recordar el cambio anunciado en el RDL 8/2020 del 17 de Marzo indicando que los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas, en virtud de lo previsto en el mencionado Real Decreto, o, en otro caso, cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad que se regula en este artículo.

Reducción Jornada 100%:

El RDL 8/2020 del 17 de Marzo se aprueba el derecho de aplicar una reducción especial de jornada cuando concurran circunstancias excepcionales previstas en el apartado primero del artículo 37.6, del Estatuto de los Trabajadores. Esta reducción podrá alcanzar el cien por cien con la reducción proporcional del salario percibido, sin que ello implique cambio de naturaleza a efectos de aplicación de los derechos y garantías establecidos en el ordenamiento para la situación prevista en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. Libra permite la configuración de las reducciones de jornada no obstante para aplicar una reducción total se dan incompatibilidades en los procesos de cotización y afiliación que hacen necesario esperar a la publicación de las especificaciones concretas que previsiblemente será en los próximos días.

Si su empresa se ve afectada por estos cambios póngase en contacto con su consultor habitual para proceder a la actualización del sistema o envíenos un mail a infoedisa@edisa.com.


Actualización del Módulo de Nómina de LIBRA (España 2016/05)

Ya está disponible una nueva actualización de LIBRA-Nóminas con las últimas modificaciones realizadas en los sistemas de cálculo, cotización, afiliación y pagos.
A continuación se resumen las principales adaptaciones desarrolladas:
  • Bonificaciones / Reducciones:
    • Cálculo de bonificaciones por computo total de periodo. Este cálculo puede suponer la aparición de un exceso de bonificación en tramos el cual es contemplado en los siguientes tramos de la nómina evitando así posibles diferencias con el cálculo realizado por Seguridad Social.
    • Se adapta el sistema para permitir bonificaciones de ciertos colectivos cuando van acompañadas de una bonificación por situación de maternidad que sea compatible.
    • Adaptación de los cálculos de tarifa plana y tarifa reducida de acuerdo a las reglas utilizadas por Seguridad Social.
  • Situaciones especiales:
    • Se contemplan situaciones de Alta sin Retribución y sus cotizaciones (cálculo por base mínima del grupo de cotización).
  • Cálculo Atrasos Convenio:
  • Desarrollo de la parametrización necesaria para permitir el cálculo de atrasos indicando la posibilidad de generar bonificaciones/reducciones y compensaciones/deducciones para procesos dentro y fuera de plazo.
  • Tiempo Parcial:
    • Se habilitan elementos LP80 y LP81 para permitir imputar bases de prestación de IT en procesos que se inician antes del mes en curso. Se recuerda que las bases de cotización y prestación en los supuestos de contrato a tiempo parcial para situaciones de Incapacidad Temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural son homogéneas por lo que deberán tener el mismo valor aunque se registren en elementos distintos.
  • Fichero AFI:
    • Actualización del fichero de afiliación a última versión indicando el grado discapacidad y el coeficiente de actividad huelga parcial/ERE.
    • Adaptación de movimientos al fichero de afiliación en situaciones especiales.
  • Sistema Especial Agrario Creta:
    • Desarrollo de los procesos de cálculo y cotización en base a las instrucciones publicadas.
  • Cotización Manual:
    • El epígrafe/ocupación se convierte en opcional y solo debe indicarse cuando se debe forzar un valor distinto del que tiene el productor en el ejercicio/mes
    • Se permite el reparto de cotizaciones entre periodos para liquidaciones L03, L90, L91, L02...
    • Se habilita la fecha de control para liquidaciones L02 indicando la fecha del acta de conciliación
  • Pagos SEPA:
    • Adaptación del formato de pago para embargos y retenciones indicando el expediente y el titular del mismo en las ubicaciones contempladas para su uso.
    • Adaptación de las máscaras de formato como solución al problema planteado por algunas entidades en la tramitación de ficheros para propuestas de nomina.
    • Esta actualización contempla la última versión del módulo de Libra-Nóminas con todas sus adaptaciones estándar.

Libra-Nóminas: Disponible actualización para el ejercicio 2016

Ya está disponible la actualización correspondiente al módulo Libra-Nóminas para el  ejercicio 2016.

Modelo 190: Se crean 2 subclaves para diferenciar prestaciones por incapacidad laboral transitoria abonadas directamente por el empleador del resto de retribuciones consignadas. A si mismo se adapta la generación de datos en Libra-Nóminas y se modifica la exportación de datos a fichero para su presentación.

Modelo 111: Se Adapta la generación del archivo al diseño de registro v 1.7.

Transferencias SEPA: Tal y como se indica en el reglamento vigente se establece el 1 de febrero de 2016 como fecha límite a partir de la que todos los usuarios que no sean microempresas ni consumidores deberán enviar sus ficheros de transferencias y adeudos en formato XML. Libra-Nóminas ya dispone de dicho formato para las transferencias de nómina.

Cálculo IRPF 2016: Se ha incluido la posibilidad de realizar el cálculo del tipo de retención a cuenta del IRPF para los rendimientos del trabajo personal.

Cálculo/Cotización: Se incluye la última versión del cálculo y cotización para los sistemas RED/CRETA implementando todas las novedades legislativas necesarias para el correcto inicio del ejercicio.

Si su instalación no ha sido actualizada póngase en contacto con nuestro departamento de soporte para coordinarlo en los próximos días.


Nuevas funcionalidades de LIBRA-nómina en México

Edisa amplia las funcionalidades de su módulo Libra-Nominas enfocado a los procesos de legislación en México.

Dentro del proceso de expansión de Edisa en México, LIBRA ERP a través del modulo de Nominas ha desarrollado funcionalidades que permiten establecer comunicación vía Web Services entre LIBRA ERP y el proveedor del servicio IDSE (Instituto Mexicano de Seguro Social), para garantizar que los movimientos generados desde el modulo de personal como altas, bajas y modificaciones de salarios se envían, obteniendo del proveedor los movimientos procesados y rechazados.

 


Nuevo cálculo de Retenciones del IRPF (Julio/2015)

Edisa ya ha implementado en Libra/Nóminas el nuevo cálculo de Retenciones para determinar y en su caso regularizar, el tipo de retención del IRPF aplicable a los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del día 12 de julio de 2015.
No obstante, la empresa también podrá regularizar el tipo de retención del IRPF en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de 1 de agosto.
De esta forma se da cumplimiento a lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional trigésima primera de la Ley 35/2006, del IRPF, en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del IRPF y otras medidas de carácter económico.(BOE 11 julio).
Si su instalación del módulo de Nóminas en Libra-ERP no ha sido actualizada póngase en contacto con el departamento de soporte para proceder a la actualización.

LIBRA incorpora nuevas funcionalidades de conciliación con la banca en Latinoamérica

Edisa amplia las funcionalidades de la conciliación bancaria mejorando las comunicaciones con las entidades bancarias.

Entre las nuevas funcionalidades desarrolladas por Edisa se encuentra la posibilidad de establecer comunicación a través de un nuevo lenguaje común de los conceptos MT940 de la nueva norma SapMt940 que comparten todas las entidades bancarias de algunos países, permitiendo realizar varias búsquedas de cuenta.

Esta nueva comunicación a través de los conceptos MT940 permite la búsqueda a través de Código de Banco + “I” + Código de cuenta (formato CLABE, formato SWIFT, Códigos de cuenta o IBAN) lo que proporciona una mayor versatilidad en el reconocimiento de las cuentas.

Esta nueva funcionalidad facilita la conciliación bancaria con nuestro ERP Libra  a nivel global, tanto en España como en resto de países en los que opera Libra.


Libra incorpora funcionalidades de integración Host to Host con la banca en México

Edisa amplia en México las funcionalidades de la conciliación bancaria mejorando las comunicaciones con los bancos dentro de LIBRA ERP.

Entre las nuevas funcionalidades desarrolladas por Edisa se encuentra la posibilidad de establecer comunicación directamente al FTP del banco (conexión HOST to HOST) y descargar diariamente los movimientos realizados. Para esta comunicación es necesario disponer del módulo Galileo.

Incluye además un sistema de notificación a usuarios y consulta de procesos de importación entre algunas de las nuevas funcionalidades dotadas al módulo.


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