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Cambios en el Modelo 303 para el último periodo de 2022

Queremos informar a nuestros clientes, sobre los cambios recientes en el Modelo 303 de la declaración de IVA en España. Los cambios en el Modelo 303 afectan a las empresas que estén exentas de presentar una declaración-resumen anual del IVA (Modelo 390). Estas empresas deberán presentar una hoja adicional en el último período de liquidación del año con información específica sobre sus actividades económicas, porcentajes de prorrata y tributación a varias Administraciones y detalles sobre las operaciones realizadas en el ejercicio.

En concreto, se ha añadido una sección específica en el Modelo 303 que solo debe ser completada por aquellos sujetos pasivos que hayan sido exonerados de presentar el Modelo 390. Esta sección incluye información adicional que es necesaria para cumplir con las obligaciones fiscales y solo se debe cumplimentar en el último período de liquidación del año.

En EDISA, nos comprometemos a brindar toda la información y asistencia necesaria para ayudar a nuestros clientes a cumplir con estas modificaciones en el Modelo 303. No obstante, poder aplicar dichos cambios, es necesaria una actualización del programa de generación de impuestos de LIBRA. Es por eso que solicitamos que los clientes que deban cumplir con esta nueva normativa, deben ponerse en contacto con su consultor habitual para poder poner en marcha dicha actualización.

Si tiene alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con su consultor/a habitual para que podamos solucionarla.

Para más información respecto a dichos cambios, visite la web de la Agencia Tributaria donde se explican en profundidad todas las modificaciones. 


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Se actualiza el Diseño de Registro del Modelo 303 del ejercicio 2022

El pasado mes de diciembre, la AEAT actualizó el Diseño de Registro del Modelo 303. Este nuevo Diseño de Registro, deberá ser utilizado para las presentaciones de todos los periodos de 2022 y ejercicios posteriores.

Desde EDISA estamos trabajando en la actualización de todas las instalaciones de nuestros clientes.

Si tiene alguna duda, puede contactar con su consultor/a habitual, enviarnos un mail a infoedisa@edisa.com o llamar al teléfono +34 902 103 251(EU).


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Cambios aplicados en los modelos 303 y 322 desde julio 2021

En el mes de julio la AEAT ha modificado los modelos 303 y 322. Esta modificación trae consigo varios cambios que hacen imposible subir los ficheros que no estén actualizados a esta nueva versión. Actualmente, es necesario que contactes con tu consultor/a habitual en EDISA para poder subir los ficheros de ambos modelos a LIBRA.

Modelo 303

Una de las novedades incorporadas en el nuevo modelo 303, que ya está en vigor desde el 1 de julio de 2021, es el desglose de las operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que anteriormente iban en la casilla [61] de la página 3 y que ahora será necesario diferenciar en las casillas [120] a [124].

Así pues, en el nuevo fichero del modelo 303 se añaden las siguientes casillas:

  • Casilla [120] donde se incluirán las operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123).
  • Casilla [122] donde se reflejarán las operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo.
  • Casilla [123] donde tendrán que reflejarse las operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única o One-Stop Shop (OSS).
  • Casilla [124] donde se indicarán las operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única o One-Stop Shop (OSS).

Otra de las novedades incorporadas se encuentra en la casilla “Marca SEPA” que se requiere en los modelos con resultado “A devolver” para indicar si la devolución se solicita en una cuenta bancaria ubicada en España, en otros países de la Unión Europea o en el resto de países no pertenecientes a la zona SEPA.

Modelo 322

Las novedades incorporadas en el nuevo modelo 322 «Autoliquidación mensual, modelo individual», también entraron en vigor a partir del 1 de julio de 2021, e incorporan al fichero estas nuevas casillas en la página 2 y 3:

  • Casilla [73]: Información adicional. Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan ek derecho a la deducción (hasta 30 de junio, resto 0).
  • Casilla [120]: Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123).
  • Casilla [123]: Operaciones no sujetas poor reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única.
  • Casilla [124]: Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única.
    .
  • Casilla [84]: Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 126).
  • Casilla [88]: Operaciones realizadas en el ejercicio. Total volumen de operaciones (Art. 121 Ley IVA) (80+81+93+94+83+84+124+126+127+128+86+95+96+97+98-79-99).
  • Casilla [125]: Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo.
  • Casilla [126]: Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única.
  • Casilla [127]: Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única.
  • Casilla [128]: Operaciones intragrupo valoradas conforme a lo dispuesto en los arts. 78 y 79 LIVA.

Si tienes alguna duda, puedes enviarnos un mail a infoedisa@edisa.com o llamar al teléfono +34 902 103 251(EU).


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Modificaciones AEAT sobre el modelo 303

Debido a las modificaciones efectuadas por la AEAT sobre el modelo 303, el pasado mes de Enero, actualmente es necesario que contacte con su consultor/a habitual en EDISA para poder subir el fichero del modelo 303 a LIBRA.

En lo que respecta a los cambios acontecidos en el modelo 303 de autoliquidación del IVA, las novedades se centran principalmente en las secciones de identificación y de resultado.

En el apartado de identificación se reformula la redacción de las distintas opciones para pasar de un formato de preguntas a uno de verificación. Así pues, para cada opción se establece una única casilla que marcar, en lugar del sistema de dos casillas (SÍ / NO).

Así mismo, en el apartado de resultado se añaden dos nuevas casillas para indicar las cuotas a compensar aplicadas en el periodo y las que quedan pendientes para periodos posteriores, lo que facilita conocer en cada momento los saldos aplicados y pendientes.

Si tiene alguna duda, puede enviarnos un mail a infoedisa@edisa.com o llamar al teléfono +34 902 103 251(EU).


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Modificaciones modelo 303

Sin previo aviso, la AEAT ha modificado el diseño de registros para la presentación de Enero del 2019.

Los campos que sufren una modificación son el 69 y 70 de la página 1:

  • Campo 69: Sujeto pasivo que tributa exclusivamente a una Administración tributaria Foral con IVA a la importación liquidada por la Aduana pendiente de ingreso.
  • Campo 70: ¿Ha llevado voluntariamente los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT durante el ejercicio?

Hasta ahora, estos dos campos debían rellenarse con el valor fijo para el mes de Enero y con los valores 1 o 2 (si o no), según correspondiese, para el resto de meses. Actualmente, ya no admiten el valor 0, por lo que debe tratarse igual que para el resto de meses.


Nueva versión del modelo 303 publicado por la AEAT

La AEAT ha publicado una nueva versión del modelo 303, es la versión 3.1 que aplica a partir de este mes de Abril. El diseño de registro está disponible en este enlace.

Hay un cambio importante en el campo  "Identificación (1) - Tributa exclusivamente en régimen simplificado". Hasta ahora en este campo se podían incluir los valores:

    • "1" SI (sólo Régimen Simplificado)
    • "2" NO (sólo Régimen General). En Libra se cargaba siempre el valor fijo "2" ya que no soporta la tributación en régimen simplificado.

A partir de este mes los valores pasan a ser:

    • "1" SI (sólo Régimen Simplificado)
    • "2" NO (Régimen General + Régimen Simplificado)
    • "3" NO (sólo Régimen General).

Para poder presentar el modelo sin necesidad de actualizar el programa en Libra basta con cambiar el valor en la propio formulario web de la AEAT una vez cargado el fichero, marcando el check de cumplimentar exclusivamente en régimen general.

En la última versión del programa de presentación de impuestos web (filtro_impuestos) ya se han contemplado los nuevos valores.

Para cualquier duda se pueden poner en contacto con nuestro departamento de soporte.


Ya están disponibles las novedades de los modelos fiscales 303, 390 y 322 de España

Desde la AEAT han publicado dos nuevas versiones en la AEAT para la presentación del modelo 303:

  • Versión 2.1, para las declaraciones del 2014 realizadas a partir de Enero de 2015 (4º Trimestre de 2014, Diciembre de 2014 y extemporáneas 2014). El diseño de registro está disponible en este enlace. El límite de plazo para su presentación es hasta el 30 de Enero del 2015.
  • Versión 3.0, para las declaraciones del 2015 en adelante. El diseño de registro está disponible en este enlace.

Ambas versiones ya están contempladas en el último parche del programa de presentación de impuestos web. El modelo sigue siendo único ya que estas versiones se gestionan internamente según el ejercicio de presentación.

La AEAT ha modificado el modelo 322 para el 2015. El diseño de registros actualizado se encuentra disponible en este enlace. Es aplicable a las autoliquidaciones correspondientes a los periodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2015. El límite de plazo para su presentación es hasta el 30 de Enero del 2015.

Este modelo ya está contemplado en el último parche del programa de presentación de impuestos web (filtro_impuestos).

La AEAT ha modificado el modelo 390 para el 2015. El xsd actualizado se encuentra disponible en este enlace.

Este modelo ya está contemplado en el último parche del programa de presentación de impuestos web (filtro_impuestos).

Además en el servidor de preproducción de  la AEAT está disponible este enlace para su prevalidación.

 


Recordatorio para las empresas que presenten modelos 340 o 303

Este año 2014 se han producido cambios en los modelos 340 o 303 que requieren una actualización, que ya se está aplicando desde hace algunas semanas.

El objetivo de este mensaje es recordar a aquellas empresas que presenten estos modelos y que no hayan incorporado la actualización que deberán hacerlo en los próximos días ya que se aproxima la fecha de presentación de dichos modelos.

Para más información: Agencia Tributaria


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